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Documento equivalente electrónico (DEE) de operaciones de la bolsa agropecuaria y de otros commodities- DIAN Concepto 1058(009035)

 

Concepto  1058 (009035) de la DIAN

(21-11-2024)

Tema:

Obligación de facturación electrónica para operaciones en bolsas agropecuarias y de commodities: ¿Es válido usar facturas electrónicas en lugar del Documento Equivalente Electrónico (DEE)?

Problema Jurídico

¿Puede una Bolsa Mercantil optar por emitir facturas electrónicas de venta en lugar del DEE para operaciones de bolsa agropecuaria y commodities, cumpliendo así con la obligación de facturar?

Tesis Jurídica

Sí. La Bolsa Mercantil puede elegir entre:

  1. Factura electrónica de venta (cumpliendo con la Resolución DIAN 000165 de 2023), o

  2. Documento Equivalente Electrónico (DEE) específico para estas operaciones.

Fundamentación

1. Flexibilidad en la obligación de facturar

  • Según los artículos 615 y 616-1 del ET, los sujetos obligados pueden cumplir con la facturación mediante:

    • Factura electrónica de ventao

    • Documentos equivalentes electrónicos (DEE) autorizados.

  • La Resolución 000165 de 2023 confirma que no hay obligatoriedad de usar exclusivamente el DEE para operaciones en bolsas.

2. Validez de la factura electrónica

  • La factura electrónica es suficiente para soportar fiscalmente todas las operaciones, incluyendo las de bolsas agropecuarias y de commodities.

  • No existe norma que restrinja su uso en este tipo de transacciones.

3. Documentos financieros vs. obligación fiscal

  • La «Constancia de operaciones» (Decreto 2555 de 2010) es un requisito financiero, pero no sustituye la obligación tributaria de expedir factura o DEE.

  • Su emisión responde a supervisión mercantil, no a efectos fiscales.

4. Condición clave

  • La Bolsa Mercantil debe garantizar que todas sus operaciones estén respaldadas por:

    • Factura electrónica o

    • DEE,

    • Cumpliendo los requisitos de la Resolución 000165 de 2023.

Conclusión

  1. Opción válida: Las bolsas pueden usar factura electrónica o DEE para operaciones agropecuarias/commodities.

  2. Requisito esencial: Todas las transacciones deben estar soportadas por uno de estos documentos.

  3. Documentos financieros (Constancias) no reemplazan la facturación electrónica con fines tributarios.

Firma:
Ingrid Castañeda Cepeda
Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)
DIAN, Bogotá D.C.