Decreto N° 660
23-04-2016
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Por el cual se reglamenta la devolución del Impuesto sobre las Ventas por la adquisición de servicios gravados, por los visitantes extranjeros no residentes en Colombia, en los establecimientos de comercio ubicados en las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
23 ABR 2016
Por el cual se reglamenta la devolución del Impuesto sobre las Ventas por la adquisición de servicios gravados, por los visitantes extranjeros no residentes en Colombia, en los establecimientos de comercio ubicados en las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 28 de la Ley 191 de 1995, modificado por el artículo 70 de la Ley 1607 de 2012, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 70 de la Ley 1607 de 2012 modificó el artículo 28 de la Ley 191 de 1995, relacionado con la exención del Impuesto sobre las Ventas causado en la adquisición de servicios gravados, por los visitantes extranjeros no residentes en Colombia, en los establecimientos de comercio ubicados en las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo.
Que es necesario establecer un procedimiento que facilite el control, manejo y consulta de las devoluciones del Impuesto sobre las Ventas a los beneficiarios mencionados en el considerando anterior.
Que el numeral 8 del artículo 2 de la Ley 1341 de 2009 establece la masificación del gobierno en línea con el fin de lograr la prestación de servicios eficientes a los ciudadanos, para tal fin las entidades públicas deberán adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el máximo aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en desarrollo de sus funciones .
Que es necesario precisar los servicios gravados que conceden derecho a la devolución del Impuesto sobre las Ventas por este concepto.
Que se requiere la expedición de una norma reglamentaria que facilite el desarrollo económico y social de las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo.
Que el Decreto 2670 del 26 de julio de 201O adoptó el Sistema Técnico de Control Tarjeta Fiscal como un instrumento que permite controlar la evasión y tiene como efecto mejorar los niveles de recaudo de los impuestos, dirigido a las personas o entidades….+
