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DECRETO 1794 DEL 21 DE AGOSTO DE 2013

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política, I.os artículos 424,437-1,437-4,468-3,481 Y600 del Estatuto Tributario y en desarrollode los artículos 437-2,437-5,462-1,462-2,468-1,477,485,499,512-1, 512-3, 51’2-4,
512-5,512-8, 512-9,512-10, 512-11,512-12 Y771-2 del Estatuto Tributario, el’ , artículo 78 de la Ley 633 de 2000, el artículo 10 del Decreto 2788 de 2004 y el artículo 186 de la Ley 1607 de 2012.

CONSIDERANDO

Que la Ley 1607 de 2012 dictó normas en materia tributaria e introdujo modificaciones al Estatuto Tributario, entre las cuales se destacan las relativas al impuesto sobre las ventas y la creación del impuesto nacional al consumo.

Para más información:

DECRETO 1794 DEL 21 DE AGOSTO DE 2013 (3)

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