Artículo 1°. Objeto. El presente decreto tiene por objeto desarrollar los compromisos de acceso a los mercados adquiridos por Colombia en virtud del “Acuerdo de Libre Comercio entre la República de Colombia y la República de Corea”, firmado en Seúl, República de Corea, el 21 de febrero de 2013, en adelante el “Acuerdo”, aprobado por la Ley 1747 de diciembre de 2014, en los aspectos regulados por las siguientes disposiciones./ Artículo 2°. Ámbito de aplicación. La importación de mercancías originarias de la República de Corea, pagarán los aranceles aduaneros resultado de aplicar las reglas establecidas en este Decreto