Esta Resolución obedece, según sus considerandos, a que “los vigilados clasificados en la Resolución número 414 de 2014/CGN (Entidades Estatales) del 28 de marzo al 25 de abril de 2017, no reportarán información financiera adicional, toda vez que durante la vigencia 2015, el reporte de la información se realizó bajo el Decreto número 2649 de 1993”. Así mismo, a que “con el objeto que los sujetos de supervisión realicen el reporte de la información financiera de la vigencia 2015, conforme a las normas internacionales, se hace necesario ampliar los plazos establecidos en la Resolución número 7419 del 28 de marzo de 2017