La Corte Constitucional a través del Auto 259 del 21 de agosto de 2014, suspendió hasta el 31 de diciembre la imposición y ejecución de sanciones por desacato a acciones de tutela, peticiones de incremento, reliquidación pensional, retroactivo, radicadas en contra de Colpensiones.
Esta suspensión también aplica para los fallos dictados por recursos contra actos administrativos de Colpensiones, referidos a personas incluidas en nómina y que reciben su mesada pensional, y los relativos a solicitudes de cumplimiento de sentencias ordinarias, contencioso-administrativas o de tutela que le ordenaron al Instituto de Seguros Sociales (ISS) o a la nueva administradora, hacer un pago relacionado.
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