Concepto Nº 000191
04-01-2017
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Radicado: 2-2017-000191
Bogotá D.C.
Señor
Dairo Acevedo Pérez
Jefe Área de Impuestos
Almacenes La 14 S.A.
Radicado entrada 1-2016-112596
No. Expediente 8946/2016/RPQRSD
Asunto: Oficio No. 1-2016-112596 del 29 de diciembre de 2016
Tema: Impuestos al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado
Subtema: Declaración y pago
Cordial saludo Señor Acevedo:
Mediante escrito radicado en el buzón de atención al cliente de este Ministerio solicita usted el envío de la certificación de la Sobretasa de Cigarrillos que tendrá vigencia en el 2017 ya que no se encuentra publicada en el portal web de este Ministerio.
Al respecto, le comunicamos que el artículo 348 de la Ley 1819 de 2016, modificó al artículo 6º de la Ley 1393 de 2010, sustituyendo la sobretasa al impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado por un componente ad valorem para la liquidación del impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado. El precitado artículo 348 de la Ley 1819 de 2016, estableció que la base gravable de ese componente específico “será el precio de venta al público efectivamente cobrado en los canales de distribución clasificados por el DANE como grandes almacenes e hipermercados minoristas, certificado por el DANE, según reglamentación del Gobierno Nacional, actualizado en todos sus componentes en un porcentaje equivalente al del crecimiento del índice de precios al consumidor”.
Conforme con lo anterior, a partir de la vigencia de la Ley 1819 de 2016, la Dirección General de Apoyo Fiscal ya no certifica la base gravable para la liquidación de la sobretasa al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado.
Para su información, le comunicamos que la base gravable para la liquidación del componente específico del impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado puede ser consultada ingresando a la página web del Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE www.dane.gov.co siguiendo el vínculo Estadísticas por Tema – Precios y Costos – Cigarrillos y Tabaco – Certificación para cigarrillos – 2017
Cordialmente
LUIS FERNANDO VILLOTA QUIÑONES
Subdirector de Fortalecimiento Institucional Territorial
Dirección General de Apoyo Fiscal