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Servicios para Empresas Venezolanas en Colombia: Legal, Fiscal y Contable

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¿Su Empresa Venezolana Factura en Colombia? Evite Multas DIAN

El 67% de empresas venezolanas en Colombia reciben sanciones DIAN en su primer año por desconocer la normativa colombiana. No sea una más. Nuestro equipo conoce las diferencias entre el sistema SENIAT de Venezuela y la DIAN de Colombia, traducimos su contabilidad VEN-NIF al sistema colombiano bajo NIIF, manejamos la transición de ISLR a renta colombiana, y aplicamos correctamente las retenciones en la fuente. Le acompañamos desde la constitución hasta el cumplimiento tributario mensual.

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Información y Contacto

Estamos aquí para responder todas tus preguntas y ayudarte a alcanzar tus objetivos empresariales

¿Por Qué Elegirnos?

Combinamos más de 18 años de experiencia internacional con conocimiento profundo del mercado venezolano y colombiano

Expertise en el Mercado Colombiano

Nuestros expertos dominan las normativas de DIAN y Superintendencia, ofreciendo soluciones adaptadas para empresas venezolanas en Colombia

Soluciones Integrales

Ofrecemos 6 servicios especializados: Outsourcing Contable y de Nómina, Auditoría, Servicios Tributarios, Corporativos y Revisoría Fiscal para optimizar tu operación en Colombia

Resultados Personalizados

Diseñamos estrategias a medida, con equipos dedicados para garantizar el éxito de su empresa en Colombia

Cumplimiento Garantizado

Conformidad total con DIAN, NIIF y todas las normativas fiscales vigentes en Colombia

Preguntas Frecuentes

¿Cómo puede una empresa venezolana operar legalmente en Colombia?

Las empresas venezolanas deben registrarse ante la Cámara de Comercio, obtener NIT en DIAN, apostillar documentos venezolanos (si aplica), cumplir requisitos migratorios para representantes legales y registrar contratos laborales. Asesoramos todo el proceso considerando las particularidades de la migración empresarial venezolana.

¿Qué impuestos debe pagar una empresa venezolana en Colombia?

Las empresas venezolanas en Colombia pagan impuesto de renta (35%), IVA (19%), retención en la fuente, impuesto de industria y comercio (ICA), y aportes parafiscales. El sistema colombiano es diferente al ISLR y SENIAT venezolano. Optimizamos su carga tributaria dentro del marco legal vigente.

¿Cuánto tiempo toma abrir una empresa venezolana en Colombia?

El proceso completo toma entre 3-6 semanas: incluye trámites migratorios (PEP o visa), constitución de sociedad, registro mercantil en Colombia, trámites ante DIAN y Supersociedades. Aceleramos el proceso con nuestra experiencia en empresas venezolanas y alternativas legales disponibles.

¿Es obligatoria la revisoría fiscal para empresas venezolanas en Colombia?

Sí, es obligatoria para sociedades con activos superiores a 5.000 SMMLV o ingresos brutos anuales de 3.000 SMMLV. Este requisito no existe en Venezuela. Nuestros revisores fiscales certificados garantizan cumplimiento con DIAN y Supersociedades.

¿Qué diferencias hay entre SENIAT (Venezuela) y DIAN (Colombia)?

DIAN exige facturación electrónica obligatoria en tiempo real, declaraciones de IVA bimensuales, implementación de NIIF plenas, retención en la fuente mensual, y reportes de información exógena anuales. El sistema colombiano es más digitalizado y estricto que SENIAT. Adaptamos su operación a la normativa colombiana.

¿Cómo funciona la facturación electrónica en Colombia para empresas venezolanas?

Todas las empresas en Colombia deben emitir facturas electrónicas validadas por DIAN en tiempo real con firma digital. Es diferente al sistema venezolano. Implementamos sistemas de facturación homologados ante DIAN y capacitamos a su equipo para cumplir con los requisitos técnicos y legales.

¿Necesito implementar NIIF si mi empresa venezolana opera en Colombia?

Sí, todas las empresas en Colombia deben aplicar Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Asesoramos en la transición desde los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Venezuela (VEN-NIF) a NIIF plenas o NIIF para PYMES según su tamaño empresarial.

¿Cuáles son los costos de nómina y seguridad social en Colombia?

Los aportes parafiscales en Colombia representan aproximadamente 40% adicional al salario base: salud (12.5%), pensión (16%), ARL (0.5-8.7%), cajas de compensación (4%), SENA e ICBF. Es diferente al sistema IVSS venezolano. Nuestro outsourcing de nómina optimiza estos procesos.

¿Puedo contratar venezolanos para mi operación en Colombia?

Sí, venezolanos con PEP (Permiso Especial de Permanencia), PPT (Permiso por Protección Temporal) o visa pueden trabajar legalmente. Asesoramos los trámites migratorios y laborales, además del registro ante el Ministerio de Trabajo cumpliendo con todas las prestaciones sociales colombianas.

¿Qué tipo de auditorías necesita una empresa venezolana en Colombia?

Además de la revisoría fiscal obligatoria, recomendamos auditorías de cumplimiento tributario ante DIAN, auditorías de transición NIIF, revisión de facturación electrónica, y auditorías laborales. Protegemos su inversión con controles preventivos adaptados al marco colombiano.

¿Cuánto cuesta el outsourcing contable para una empresa venezolana en Colombia?

Los costos varían según el volumen de transacciones y complejidad: desde $800.000 COP mensuales para microempresas hasta planes personalizados para grandes operaciones. Incluye contabilidad bajo NIIF, declaraciones tributarias ante DIAN y reportes financieros mensuales.

¿CR Consultores tiene experiencia con empresas venezolanas?

Sí, llevamos más de 18 años asesorando empresarios venezolanos en su expansión y reubicación a Colombia. Conocemos las diferencias regulatorias entre SENIAT y DIAN, facilitando una transición exitosa al mercado colombiano con soluciones prácticas y rentables.

Nuestra Ubicación

Nuestra Oficina Principal en Colombia

carrera 48 # 106a - 24, Bogotá D.C. - Colombia


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Oficio N° 012579 20-05-2016

El artículo (879 numeral 1 del Estatuto Tributario) incorpora la exención del GMF exclusivamente a UNA cuenta de ahorros, que no exceda mensualmente de trescientos cincuenta (350) UVT, (hoy el valor de cada UVT es de $29.753), señala como beneficiario al titular de la cuenta, sin limitar ni hacer distinción alguna de que sea persona natural o jurídica, precisando que deberá indicarse ante la respectiva entidad financiera o cooperativa financiera, que dicha cuenta de ahorro, será la única beneficiada con la exención, siempre que cumpla con los requisitos y demás condiciones que prevé la norma descrita y su reglamento

Oficio N° 012324 19-05-2016 Dian

¿Están exentos del impuesto sobre las ventas tanto los servicios turísticos vendidos por las agencias operadoras como los servicios turísticos vendidos directamente por los hoteles a los huéspedes no residentes que acrediten tal condición?”, la DIAN concluye: “Están exentos del impuesto sobre las ventas, los servicios turísticos vendidos no solo por las agencias operadoras, sino también los servicios turísticos vendidos directamente por los Hoteles a residentes del exterior, que acrediten esta condición mediante los documentos que exige el parágrafo 1° del artículo 1° del Decreto 297 de 2016

Resolucion N° 000055 14-07-2016 Dian

ARTÍCULO 1. Sistema técnico de control de la actividad productora de renta. Con el fin de controlar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los obligados a expedir factura o documento equivalente, adóptese el siguiente sistema técnico de control de la actividad productora de renta:/ 1. Solicitar autorización de la numeración de conformidad con el trámite establecido en la presente Resolución. Para ejercer dicho control, también se tendrán en cuenta los comprobantes que resuman las operaciones diarias generadas por la utilización de máquinas registradoras que cumplan los requisitos técnicos señalados en la presente resolución./ 2. La numeración y la vigencia de las facturas o documentos equivalentes, que sean del caso, será administrada por la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN- en el sistema informático electrónico que para tal efecto disponga la Entidad./ 3. La U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá solicitar a los obligados a expedir factura o documento equivalente, información sobre la numeración utilizada y el valor de los ingresos imputables a la misma, así como de los comprobantes de las máquinas registradoras con el objeto de controlar los ingresos, costos y gastos de la actividad productora de renta, para la correcta tasación de los tributos

Oficio N° 014735 13-06-2016 Dian

¿Cómo se determina la retención en la fuente mínima del artículo 384 del Estatuto Tributario sobre un pago que corresponde a ingresos acumulados por varios periodos, por ejemplo bonificación por servicios prestados, vacaciones en retiro, prima de vacaciones compensadas y bonificación especial de recreación y pago de retroactivos salariales o salarios que corresponden a varios periodos?”. La DIAN concluye, luego de transcribir los artículos 384 del Estatuto Tributario y 6 del Decreto 1070 de 2013: “A la sumatoria de los pagos mensuales se le restan los conceptos anteriormente señalados, con el fin de obtener la base a la cual se le aplica la tabla de retención contenida en el artículo 384 del Estatuto Tributario

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Para el año en discusión los ajustes integrales por inflación sobre los activos no monetarios, como los inmuebles, hacían parte del patrimonio líquido para determinar la base gravable del impuesto para preservar la seguridad democrática, incluidos los inmuebles objeto de saneamiento fiscal, pues, se reitera, el beneficio del saneamiento no trasciende vigencias posteriores a 1995 y “el valor del saneamiento se incorpora desde 1995 al patrimonio del contribuyente como integrante del “costo fiscal” de los bienes raíces que se ajustan y se refleja en la utilidad o pérdida en el momento de su enajenación”…/ De otra parte, las exclusiones del impuesto son solamente las previstas en el artículo 5 del Decreto 1838 de 2002, en concordancia con el artículo 4 del Decreto 1949 del mismo año

OFICIO Nº 014750 13-06-2016 DIAN

OFICIO Nº 014750 13-06-2016 DIAN     Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Bogotá, D. C., 10 de junio de 2016 100208221-00505 Señor JAVIER H. RUBIO Cra. 3 números 12-36 Ofic. 216 Pasaje Ibagué (Tolima) Ref.: Radicado 1856 del 12/05/2016 Tema: Procedimiento Tributario Descriptores: Exenciones Exención de Impuestos – Improcedencia Fuentes formales: Estatuto Tributario. Decreto 2909 de 2013 Cordial saludo, señor Rubio: Conforme con…