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Sanción por inexactitud. Correcciones provocadas. DIAN-Concepto 37(000189).

Concepto 37(000189)

(13-01-2025)

  • Tipo de norma: Concepto
  • Número: 37 (000189)

  • Entidad emisora: DIAN

  • Fecha: 2025-01-13

  • Tema: Procedimiento tributario

  • Descriptores:

    • Sanción por inexactitud

    • Correcciones provocadas

    • Reducción de sanciones


Problema jurídico

¿Las sanciones por inexactitud establecidas en el inciso 3° del artículo 648 del ET (no solo las del inciso 1°) pueden reducirse aplicando los artículos 709 y 713 del ET?


Tesis de la DIAN

, todas las sanciones por inexactitud (incluidas las del inciso 3° del Art. 648 ET) son susceptibles de reducción si se cumplen los requisitos de los artículos 709 y 713 ET.

Fundamentos:

  1. Ausencia de exclusión expresa:

    • El parágrafo 1° del Art. 648 ET menciona la reducción automática para sanciones del inciso 1°, pero no excluye las del inciso 3°.

  2. Artículos 709 y 713 ET:

    • Se aplican a toda sanción por inexactitud sin distinción entre incisos del Art. 648.

  3. Interpretación sistemática:

    • El Art. 640 ET (que limita proporcionalidad para algunos casos) no afecta las reducciones de los arts. 709 y 713.


Condiciones para la reducción

  1. Artículo 709 ET:

    • Reducción del 50% si el contribuyente:

      • Acepta los hechos durante el procedimiento.

      • Paga la sanción antes de que la DIAN emita resolución.

  2. Artículo 713 ET:

    • Reducción adicional del 25% (total: 75%) si el contribuyente:

      • Corrige la declaración antes de ser notificado de una revisión.


Conclusiones clave

  1. Alcance de la reducción:

    • Aplica a todas las sanciones por inexactitud (Art. 648 ET), no solo a las del inciso 1°.

  2. Requisitos:

    • Aceptación de hechos + pago oportuno (709 ET).

    • Corrección espontánea (713 ET).

  3. Excepciones:

    • No aplica a conductas fraudulentas (Art. 640 ET).

  • Firma: Ingrid Castañeda Cepeda Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)