
CR Consultores Colombia, es un firma de contadores y abogados, con extensa experiencia en la prestación de servicios en las áreas de:
Revisoría Fiscal, Precio de transferencia, Impuestos, Outsourcing, Asesoría financiera y cambiaria, Estudio de atribución de rentas sucursales y EP, Servicios legales y tributarios, Valoración de empresas, Normas y procedimientos de contabilidad y auditoria internacional.
En CR Consultores Colombia nos caracterizamos por prestar servicios integrales y de valor agregado. El enfoque del servicio que ofrecemos comprende el entendimiento de las necesidades y expectativas de negocio de nuestros clientes. Nuestra principal carta de presentación es la recomendación de nuestros clientes.
Lo siento, no se han encontrado publicaciones. ¿Cómo se determina la retención en la fuente mínima del artículo 384 del Estatuto Tributario sobre un pago que corresponde a ingresos acumulados por varios periodos, por ejemplo bonificación por servicios prestados, vacaciones en retiro, prima de vacaciones compensadas y bonificación especial de recreación y pago de retroactivos salariales o salarios que corresponden a varios periodos?”. La DIAN concluye, luego de transcribir los artículos 384 del Estatuto Tributario y 6 del Decreto 1070 de 2013: “A la sumatoria de los pagos mensuales se le restan los conceptos anteriormente señalados, con el fin de obtener la base a la cual se le aplica la tabla de retención contenida en el artículo 384 del Estatuto Tributario Para el año en discusión los ajustes integrales por inflación sobre los activos no monetarios, como los inmuebles, hacían parte del patrimonio líquido para determinar la base gravable del impuesto para preservar la seguridad democrática, incluidos los inmuebles objeto de saneamiento fiscal, pues, se reitera, el beneficio del saneamiento no trasciende vigencias posteriores a 1995 y “el valor del saneamiento se incorpora desde 1995 al patrimonio del contribuyente como integrante del “costo fiscal” de los bienes raíces que se ajustan y se refleja en la utilidad o pérdida en el momento de su enajenación”…/ De otra parte, las exclusiones del impuesto son solamente las previstas en el artículo 5 del Decreto 1838 de 2002, en concordancia con el artículo 4 del Decreto 1949 del mismo año OFICIO Nº 014750 13-06-2016 DIAN Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Bogotá, D. C., 10 de junio de 2016 100208221-00505 Señor JAVIER H. RUBIO Cra. 3 números 12-36 Ofic. 216 Pasaje Ibagué (Tolima) Ref.: Radicado 1856 del 12/05/2016 Tema: Procedimiento Tributario Descriptores: Exenciones Exención de Impuestos – Improcedencia Fuentes formales: Estatuto Tributario. Decreto 2909 de 2013 Cordial saludo, señor Rubio: Conforme con… Se adoptan sistemas técnicos de control de facturación, se modifica el numeral 1 del artículo 11 de la resolución 0019 de 2016 Se solicita analizar la línea decisional respecto de las solicitudes de pago de lo no debido de saldos a pagar registrados en declaraciones que se encuentran en firme, teniendo en cuenta los múltiples pronunciamientos jurisprudenciales donde se ha establecido que el término para solicitar las devoluciones no debe coincidir con el término de firmeza de la declaración…// (…) Es diáfano que el término para presentar la solicitud de devolución por concepto de pago de lo no debido o por pago en exceso es de cinco años, en atención a lo establecido inicialmente en los artículos 11 y 21 del Decreto 1000 de 19973, actualmente reglado en los artículos 11 y 16 del Decreto 2277 de 2012 Concepto Nº 392 01-06-2016 Consejo Técnico de la Contaduría Pública CTCP-10-00703-2016 Bogotá, D.C., Señor(a) LEONARDO OSWALDO CARRILLO CARRILLO leonardocarrillosi@gmail.com Asunto: Consulta 1-2016-008321 Destino: Externo Origen: 10 REFERENCIA Fecha de la Consulta 05 de Mayo de 2016 Entidad de Origen Consejo Técnico de la Contaduría Pública Nºde Radicación CTCP 2016 392-CONSULTA Tema FIRMA DE ESTADOS FINANCIEROS El Consejo Técnico de la Contaduría Pública…

Oficio N° 014735 13-06-2016 Dian
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
OFICIO Nº 014750 13-06-2016 DIAN
Resolución 000055- DIAN
OFICIO N° 0499 31-05-2016 DIAN
Concepto 392, Firma de los estados financieros


