Con el fin de adecuar la legislación de Panamá con los estándares internacionales en materia de transparencia, el gobierno panameño aprobó la “Ley 47 de 6 de agosto de 2013” en la cual se establece que todo propietario de acciones emitidas al portador deberá designar a un custodio autorizado para que mantenga en custodia los certificados de acciones al portador conforme a las disposiciones de la misma.
Ley 47 de 6 de agosto de 2013