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Novedades sobre aportes al Sistema General…

El Decreto 3032 de 27 de diciembre de 2013,  en su artículo 9 que modificó el artículo 3 del Decreto 1070 de 2013, adiciono algunas aspectos a tener en cuenta en relación con los aportes al Sistema General de Seguridad Social de contratistas independientes para efectos fiscales:

  1. Condiciono la disminución de la base de retención por concepto de contribuciones al Sistema General de Seguridad Social no solo pago en debida forma en lo relacionado con las sumas que son objeto del contrato, sino a su a la liquidación en debida forma. Esto es, de acuerdo con todas las normas legales que reglamentan la afiliación, liquidación y pago de dichos aportes.
  2. En cuanto a la obligación de verificación de afiliación y pago al Sistema De Seguridad Social Integral de contratistas independientes para la procedencia de la deducción en el impuesto sobre la renta, adiciono un parágrafo en el cual determina que la obligación de verificación por partes del contratante no será aplicable cuando la totalidad de los pagos mensuales sean inferiores a un salario mínimo legal mensual vigente. Adicionalmente, al citar las normas que se deben tener en cuenta en dicha verificación, no solo cito la Ley 1122 de 2007 sino también los Decretos 510 de 2003 y 1703 de 2002, este último, en su artículo 23, establece que dicha verificación procede para contratos de prestación de servicios cuya duración sea superior a 3 meses.