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Oficio 220-093455

La Superintendencia de Sociedades mediante Oficio 220-093455 del 22 de octubre de 2012, manifestó en cuento al tema de la referencia queresulta factible que para efectos de practicidad una compañía cuente con una sede en un sitio distinto al de su domicilio social, desde la cual los administradores adelanten su gestión, siempre que, finalmente ésta se centralice en las oficinas del domicilio principal donde debe permanecer asentada y completa la información societaria que resulta de interés, no solo a los asociados, sino también a los organismos de supervisión”.

Descargue en el siguiente link:

Oficio 220-093455 de 22 de Octubre de 2012

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