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Servicios para Empresas Dominicanas en Colombia: Legal, Fiscal y Contable

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¿Su Empresa Dominicana Factura en Colombia? Evite Multas DIAN

El 67% de empresas dominicanas en Colombia reciben sanciones DIAN en su primer año por desconocer la normativa colombiana. No sea una más. Nuestro equipo conoce las diferencias entre la DGII de República Dominicana y la DIAN de Colombia, traducimos su contabilidad ITBIS/ISR al sistema colombiano IVA/Retención fuente, y aplicamos correctamente el tratado de doble tributación RD-Colombia 2018. Le acompañamos desde la constitución hasta el cumplimiento tributario mensual.

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Información y Contacto

Estamos aquí para responder todas tus preguntas y ayudarte a alcanzar tus objetivos empresariales

¿Por Qué Elegirnos?

Combinamos más de 18 años de experiencia internacional con conocimiento profundo del mercado colombiano

Expertise en el Mercado Colombiano

Nuestros expertos dominan las normativas de DIAN y Superintendencia, ofreciendo soluciones adaptadas para empresas dominicanas en Colombia

Soluciones Integrales

Ofrecemos 6 servicios especializados: Outsourcing Contable y de Nómina, Auditoría, Servicios Tributarios, Corporativos y Revisoría Fiscal para optimizar tu operación en Colombia

Resultados Personalizados

Diseñamos estrategias a medida, con equipos dedicados para garantizar el éxito de su empresa en Colombia

Cumplimiento Garantizado

Conformidad total con DIAN, NIIF y todas las normativas fiscales vigentes en Colombia

Preguntas Frecuentes

¿Cómo puede una empresa dominicana operar legalmente en Colombia?

Las empresas dominicanas deben registrarse ante la Cámara de Comercio, obtener NIT en DIAN, cumplir requisitos migratorios para representantes legales y registrar contratos laborales. Asesoramos todo el proceso de constitución y registro para empresas extranjeras.

¿Qué impuestos debe pagar una empresa dominicana en Colombia?

Las empresas dominicanas en Colombia pagan impuesto de renta (35%), IVA (19%), retención en la fuente, impuesto de industria y comercio (ICA), y aportes parafiscales. Optimizamos su carga tributaria dentro del marco legal vigente.

¿Cuánto tiempo toma abrir una sucursal dominicana en Colombia?

El proceso completo toma entre 4-8 semanas: incluye apostillado de documentos en República Dominicana, registro mercantil en Colombia, trámites ante DIAN y Supersociedades. Aceleramos el proceso con nuestra experiencia en empresas caribeñas.

¿Es obligatoria la revisoría fiscal para empresas dominicanas en Colombia?

Sí, es obligatoria para sociedades con activos superiores a 5.000 SMMLV o ingresos brutos anuales de 3.000 SMMLV. Nuestros revisores fiscales certificados garantizan cumplimiento con DIAN y Supersociedades.

¿Qué diferencias hay entre DGII (RD) y DIAN (Colombia)?

DIAN exige facturación electrónica obligatoria, declaraciones de IVA bimensuales, implementación de NIIF plenas, y reportes de información exógena más detallados que DGII. Adaptamos su contabilidad a las normativas colombianas.

¿Cómo funciona la facturación electrónica en Colombia para empresas dominicanas?

Todas las empresas en Colombia deben emitir facturas electrónicas validadas por DIAN en tiempo real. Implementamos sistemas de facturación homologados y capacitamos a su equipo para cumplir con los requisitos técnicos y legales.

¿Necesito implementar NIIF si mi empresa dominicana opera en Colombia?

Sí, todas las empresas en Colombia deben aplicar Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Asesoramos en la transición desde los estándares contables dominicanos a NIIF plenas o NIIF para PYMES según su tamaño.

¿Cuáles son los costos de nómina y seguridad social en Colombia?

Los aportes parafiscales en Colombia representan aproximadamente 40% adicional al salario base: salud (12.5%), pensión (16%), ARL (0.5-8.7%), cajas de compensación (4%), SENA e ICBF. Nuestro outsourcing de nómina optimiza estos procesos.

¿Puedo contratar empleados dominicanos para mi operación en Colombia?

Sí, pero requieren visa de trabajo tipo M (migrante) y cédula de extranjería. Asesoramos los trámites migratorios ante Cancillería y Migración Colombia, además del registro ante el Ministerio de Trabajo para cumplir con cuotas de contratación nacional.

¿Qué tipo de auditorías necesita una empresa dominicana en Colombia?

Además de la revisoría fiscal obligatoria, recomendamos auditorías de precios de transferencia (para operaciones internacionales), auditorías de cumplimiento tributario y auditorías de sistemas de información. Protegemos su inversión con controles preventivos.

¿Cuánto cuesta el outsourcing contable para una empresa dominicana en Colombia?

Los costos varían según el volumen de transacciones y complejidad: desde $800.000 COP mensuales para microempresas hasta planes personalizados para grandes operaciones. Incluye contabilidad, declaraciones tributarias y reportes financieros bajo NIIF.

¿CR Consultores tiene experiencia con empresas dominicanas?

Sí, llevamos más de 18 años asesorando empresas caribeñas y dominicanas en su expansión a Colombia. Conocemos las diferencias regulatorias entre DGII y DIAN, facilitando una transición exitosa al mercado colombiano.

Nuestra Ubicación

Nuestra Oficina Principal en Colombia

carrera 48 # 106a - 24, Bogotá D.C. - Colombia


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DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Para el año en discusión los ajustes integrales por inflación sobre los activos no monetarios, como los inmuebles, hacían parte del patrimonio líquido para determinar la base gravable del impuesto para preservar la seguridad democrática, incluidos los inmuebles objeto de saneamiento fiscal, pues, se reitera, el beneficio del saneamiento no trasciende vigencias posteriores a 1995 y “el valor del saneamiento se incorpora desde 1995 al patrimonio del contribuyente como integrante del “costo fiscal” de los bienes raíces que se ajustan y se refleja en la utilidad o pérdida en el momento de su enajenación”…/ De otra parte, las exclusiones del impuesto son solamente las previstas en el artículo 5 del Decreto 1838 de 2002, en concordancia con el artículo 4 del Decreto 1949 del mismo año

OFICIO Nº 014750 13-06-2016 DIAN

OFICIO Nº 014750 13-06-2016 DIAN     Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Bogotá, D. C., 10 de junio de 2016 100208221-00505 Señor JAVIER H. RUBIO Cra. 3 números 12-36 Ofic. 216 Pasaje Ibagué (Tolima) Ref.: Radicado 1856 del 12/05/2016 Tema: Procedimiento Tributario Descriptores: Exenciones Exención de Impuestos – Improcedencia Fuentes formales: Estatuto Tributario. Decreto 2909 de 2013 Cordial saludo, señor Rubio: Conforme con…

OFICIO N° 0499 31-05-2016 DIAN

Se solicita analizar la línea decisional respecto de las solicitudes de pago de lo no debido de saldos a pagar registrados en declaraciones que se encuentran en firme, teniendo en cuenta los múltiples pronunciamientos jurisprudenciales donde se ha establecido que el término para solicitar las devoluciones no debe coincidir con el término de firmeza de la declaración…// (…) Es diáfano que el término para presentar la solicitud de devolución por concepto de pago de lo no debido o por pago en exceso es de cinco años, en atención a lo establecido inicialmente en los artículos 11 y 21 del Decreto 1000 de 19973, actualmente reglado en los artículos 11 y 16 del Decreto 2277 de 2012

Concepto 392, Firma de los estados financieros

  Concepto Nº 392 01-06-2016 Consejo Técnico de la Contaduría Pública CTCP-10-00703-2016 Bogotá, D.C., Señor(a) LEONARDO OSWALDO CARRILLO CARRILLO leonardocarrillosi@gmail.com Asunto: Consulta 1-2016-008321 Destino: Externo Origen: 10   REFERENCIA Fecha de la Consulta 05 de Mayo de 2016 Entidad de Origen Consejo Técnico de la Contaduría Pública Nºde Radicación CTCP 2016 392-CONSULTA Tema FIRMA DE ESTADOS FINANCIEROS El Consejo Técnico de la Contaduría Pública…

OFICIO Nº 013282 27-05-2016 DIAN

  OFICIO Nº 013282 27-05-2016 DIAN Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina 100208221-0440 Bogotá, D. C., 26 de mayo de 2016 Señora MARÍA CAROLINA BAQUERO Carrera 9ª N° 80-15 Oficina 301 Bogotá, D. C.   Referencia: Radicado 013545 del 12/05/2016 Tema: IVA Descriptor: Servicio exento- Producción de cine y televisión Fuentes formales: Literal c) del artículo 481 del Estatuto Tributario, artículo 2° de la Ley 814…