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Decreto 427 del 11 de Marzo de 2015

Direccion de Impuestos y Adunas Nacionales – Dian

Decreto 427 del 11 de Marzo de 2015

  • También fueron modificados los plazos para la presentación de la declaración y pago del impuesto sobre la renta para las personas jurídicas.
  • Se establecieron los plazos para expedir la certificación del valor patrimonial de los derechos o participaciones y el porcentaje en el total del patrimonio bruto del patrimonio autónomo o del fondo de inversión

El Decreto 427 del 11 de marzo de 2015, modificó el artículo 12 del Decreto 2623 de 2014. En su artículo 1ro fijó las fechas para la presentación de la DECLARACION DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS y pago en dos cuotas de las PERSONAS JURÍDICAS.

Las demás jurídicas, y asimiladas, los contribuyentes del Régimen Tributario Especial, diferentes a los calificados como “Grandes Contribuyentes”, presentarán la declaración del impuesto sobre renta y complementarios y para cancelar en dos (2) cuotas iguales valor a pagar por concepto del impuesto de renta y anticipo, en las siguientes fechas:

 

DECLARACION DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS Y PAGO EN DOS CUOTAS


DECLARACIÓN Y PAGO PRIMERA CUOTA

01 al 05   14 de abril de 2015

06 al 10   15 de abril de 2015

11 al 15    16 de abril de 2015

16 al 20   17 de abril de 2015

21 al 25    20 de abril de 2015

26 al 30   21 de abril de 2015

31 al 35   22 de abril de 2015

36 al 40   23 de abril de 2015

41 al 45   24 de abril de 2015

46 al 50   27 de abril de 2015

51 al 55   28 de abril de 2015

56 al 60   29 de abril de 2015

61 al 65    30 de abril de 2015

66 al 70   04 de mayo de 2015

71 al 75   05 de mayo de 2015

76 al 80   06 de mayo de 2015

81 al 85    07 de mayo de 2015

86 al 90   08 de mayo de 2015

91 al 95   11 de mayo de 2015

96 al 00   12 de mayo de 2015

PAGO SEGUNDA CUOTA

1   10 de junio de 2015

2   11 de junio de 2015

3   12 de junio de 2015

4   16 de junio de 2015

5   17 de junio de 2015

6   18 de junio de 2015

7   19 de junio de 2015

8   22 de junio de 2015

 

PLAZO PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA PARA EQUIDAD
SOBRETASA IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD – CREE.

Por el período gravable 2015, los contribuyentes señalados en el artículo 20 la 1607 2012 con excepción los usuarios calificados y autorizados para operar en las zonas francas costa afuera, tendrán a cargo la Sobretasa al Impuesto sobre la Renta para la Equidad – CREE. al Impuesto sobre Renta para la Equidad – CREE del período 2015 está sujeta a un anticipo del ciento por ciento (100%) del valor la misma, que se liquidará en la Declaración del Impuesto sobre la Renta para la Equidad del gravable 2014. Para calcular dicho anticipo, el contribuyente debe tomar la base gravable del Impuesto sobre la Renta para la Equidad CREE – del año gravable 2014 y aplicar la tarifa prevista en la tabla del artículo 22 de la Ley 1739 2014 para año gravable 2015.”

El Artículo 3° del Decreto 427 del 11 de marzo de 2015, modificó el artículo 21 del Decreto 2623 del 17 de diciembre de 2014, el cual quedará “ARTICULO 21°. PLAZOS. El plazo para presentar la declaración del Impuesto sobre la para Equidad – y para cancelar en dos (2) cuotas iguales el valor por concepto de este impuesto y el anticipo de la sobretasa impuesto sobre renta para equidad vence en las fechas que se indican a continuación, atendiendo último dígito del NIT del declarante que conste en el Certificado Registro Único Tributario – RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación:

DECLARACIÓN Y PAGO PRIMERA CUOTA

1   14 de abril de 2015

2   15 de abril de 2015

3   16 de abril de 2015

4   17 de abril de 2015

5   20 de abril de 2015

6   21 de abril de 2015

7   22 de abril de 2015

8   23 de abril de 2015

9   24 de abril de 2015

O   27 de abril de 2015

PAGO SEGUNDA CUOTA

1   10 de junio de 2015

2   11 de junio de 2015

3   12 de junio de 2015

4   16 de junio de 2015

5   17 de junio de 2015

6   18 de junio de 2015

7   19 de junio de 2015

8   22 de junio de 2015

9   23 de junio de 2015

O   24 de junio de 2015

 

IMPUESTO A LA RIQUEZA E IMPUESTO COMPLEMENTARIO DE NORMALIZACIÓN TRIBUTARIA AL IMPUESTO A LA RIQUEZA

PLAZO PARA DECLARAR Y PAGAR

El plazo para presentar la declaración del impuesto a la riqueza y su complementario de Normalización Tributaria y para cancelar en dos (2) cuotas iguales el valor a pagar por este impuesto, vence en las fechas que se indican a continuación, atendiendo el último dígito del NIT

DECLARACIÓN Y PAGO PRIMERA CUOTA

1   12 de mayo de 2015

2   13 de mayo de 2015

3   14 de mayo de 2015

4   15 de mayo de 2015

5   19 de mayo de 2015

6   20 de mayo de 2015

7   21 de mayo de 2015

8   22 de mayo de 2015

9   25 de mayo de 2015

O   26 de mayo de 2015

PAGO SEGUNDA CUOTA

1   08 de septiembre de 2015

2   09 de septiembre de 2015

3   10 de septiembre de 2015

4   11 de septiembre de 2015

5   14 de septiembre de 2015

6   15 de septiembre de 2015

7   16 de septiembre de 2015

8   17 de septiembre de 2015

9   18 de septiembre de 2015

O   21 de Septiembre de 2015

 

DECLARACIÓN ANUAL DE ACTIVOS EN EL EXTERIOR

PLAZO PARA PRESENTAR LA Declaración ANUAL DE ACTIVOS EN El EXTERIOR

El plazo para presentar la declaración anual de activos en el exterior, de que trata los artículos 42 y 43 de la Ley 1739 de 2014, vence en las fechas que se indican a continuación, atendiendo el último dígito del NIT del declarante que conste en el Certificado del Registro Único Tributario RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación, así:

1   08 de octubre de 2015

2   09 de octubre de 2015

3   13 de octubre de 2015

4   14 de octubre de 2015

5   15 de octubre de 2015

6   16 de octubre de 2015

7   19 de octubre de 2015

8   20 de octubre de 2015

9   21 de octubre de 2015

O   22 de octubre de 2015

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