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Servicios Contables para Empresas Costarricenses en Colombia | CR Consultores

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¿Por qué confiar en CR Consultores para su empresa costarricense en Colombia?

En CR Consultores, entendemos cómo operan las empresas en Costa Rica y dominamos la normativa colombiana (DIAN, NIIF, Supersociedades). Somos su aliado estratégico en Colombia, simplificando procesos contables, legales y tributarios, desde la gestión de planillas hasta el cumplimiento normativo. Permita que su negocio crezca sin preocupaciones, con soluciones expertas que aseguran conformidad y eficiencia.

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Información y Contacto

Estamos aquí para responder todas tus preguntas y ayudarte a alcanzar tus objetivos empresariales

¿Por Qué Confiar en CR Consultores?

En CR Consultores, apoyamos a empresas costarricenses que buscan operar o expandirse en Colombia. Combinamos expertise en la normativa colombiana con un entendimiento profundo del entorno empresarial de Costa Rica. Le ayudamos a cumplir con la DIAN, las NIIF y a gestionar su negocio con confianza y eficiencia.

Expertise en la Normativa Colombiana

Dominamos las regulaciones de la DIAN y la Superintendencia de Sociedades. Aseguramos que sus registros contables cumplan con las NIIF colombianas y que todas sus obligaciones fiscales se gestionen con precisión.

Soluciones Integrales para su Negocio

Brindamos servicios 360°: contabilidad, tributación, planillas y revisoría fiscal. servicios contables para empresas costarricenses en Colombia. Somos su aliado estratégico en Colombia, garantizando un cumplimiento contable, legal y laboral con transparencia y eficacia.

Estrategias Personalizadas para su Empresa

Analizamos su modelo de negocio en Costa Rica y sus metas en Colombia. Diseñamos soluciones contables y legales personalizadas, alineadas con la normativa colombiana, para maximizar la rentabilidad de su inversión.

Conformidad Total Garantizada

Nos aseguramos de que su empresa cumpla con la DIAN y las NIIF. Gestionamos declaraciones, contratos, planillas electrónicas y reportes con precisión, protegiendo su operación en Colombia de riesgos y sanciones.

Preguntas Frecuentes para Empresas Costarricenses Expandiendo a Colombia

¿Cómo invertir en Colombia desde Costa Rica?

Empresas costarricenses pueden invertir a través de sucursales extranjeras o sociedades locales como SAS. CR Consultores asesora en la elección óptima, considerando tratados de doble tributación y beneficios fiscales de la DIAN para maximizar rentabilidad.

¿Cuáles son los requisitos para exportar a Colombia desde Costa Rica?

Requiere registro en la DIAN, certificados de origen y cumplimiento aduanero. CR Consultores gestiona la documentación y asesoría tributaria para facilitar exportaciones bajo el acuerdo comercial Costa Rica-Colombia.

¿Cómo evitar doble tributación entre Costa Rica y Colombia?

El tratado de doble tributación entre Costa Rica y Colombia permite créditos fiscales. CR Consultores diseña estrategias para optimizar impuestos, asegurando cumplimiento con la DIAN y minimizando cargas para su empresa.

¿Qué visas requieren los costarricenses para negocios en Colombia?

Visas de negocios o mercosur para estancias cortas, y residencias para operaciones permanentes. CR Consultores apoya en trámites legales y societarios para facilitar la movilidad de ejecutivos costarricenses bajo normativas colombianas.

¿Cómo registrar una marca en Colombia desde Costa Rica?

Registre ante la Superintendencia de Industria y Comercio con documentos apostillados. CR Consultores maneja el proceso de propiedad intelectual, asegurando protección para su marca costarricense en el mercado colombiano.

¿Cuáles son los incentivos para inversión extranjera en Colombia desde Costa Rica?

Incluyen exenciones fiscales en zonas francas y deducciones por inversión. CR Consultores identifica incentivos aplicables, alineados con la DIAN y tratados bilaterales, para potenciar su inversión costarricense.

¿Cómo manejar divisas entre Costa Rica y Colombia?

Use mecanismos del Banco de la República para transferencias seguras. CR Consultores asesora en control cambiario y cumplimiento tributario para optimizar flujos financieros entre Costa Rica y Colombia.

¿Qué beneficios ofrece el acuerdo comercial Costa Rica-Colombia?

Reduce aranceles y facilita comercio bilateral. CR Consultores ayuda a aprovechar estos beneficios en asesoría legal y tributaria, asegurando cumplimiento con la DIAN para su empresa.

¿Cómo cumplir con normativa ambiental en Colombia desde Costa Rica?

Obtenga licencias del Ministerio de Ambiente colombiano. CR Consultores integra cumplimiento ambiental en su plan de expansión, alineado con estándares internacionales y locales para empresas costarricenses.

¿Cuáles sectores son rentables para invertir en Colombia desde Costa Rica?

Sectores como agroindustria, turismo y tecnología ofrecen alto potencial. CR Consultores analiza oportunidades, asegurando cumplimiento legal y tributario con la DIAN para maximizar su inversión costarricense.

Nuestra Ubicación

Nuestra Oficina Principal en Colombia

carrera 48 # 106a - 24, Bogotá D.C. - Colombia


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UGPP define criterios para la inspección

Mediante acuerdo No. 1035 del 29 de octubre de 2015, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCION SOCIAL – UGPP da a conocer los lineamientos que tendrá en cuenta para adelantar los procesos de fiscalización (determinación, liquidación y pago), y para determinar el IBC para la liquidación de los aportes al Sistema de Seguridad Social y demás obligaciones determinadas por dicha entidad.

Decreto número 2243 de 2015

El decreto 2243 del 24 de noviembre de 2015 fija los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente y se dictan otras disposiciones. La norma incluye las fechas para presentar y pagar la sobretasa del CREE, la declaración del bienes en el exterior, y plazo para presentar la declaración comprobatoria de precios de transferencia, entre otras más obligaciones formales de tipo tributario.

Estados financieros del año 2015 bajo NIIF

La Superintendencia de Sociedades expidió la Circular Externa No 20201-000007 mediante la cual asigna la responsabilidad a los Representantes Legales, Contadores y Revisores Fiscales y fija los plazos y requisitos mínimos para que presenten los estados financieros (decreto 2649 y 2650 de 1993) al 31 de diciembre de 2015, certificados y dictaminados; los plazos comienzan el lunes 28 de marzo de 2016 y terminan el viernes 22 de abril de 2016, de acuerdo a los dos últimos dígitos del NIT.

circular 201-000007

Circular 201-000007 CIRCULAR  EXTERNA     Señores REPRESENTANTES LEGALES CONTADORES REVISORES FISCALES Sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras, empresas unipersonales, Entidades Empresariales en acuerdo recuperatorio, en liquidación judicial, en liquidación voluntaria y clubes con deportistas profesionales  convertidos en sociedades anónimas.     REFERENCIA:    SOLICITUD  DE ESTADOS  FINANCIEROS  AÑO 2015 Decretos 2649 y 2650 de  1993     Esta Superintendencia, con…

Circular 115-000008

Circular 115-000008 CIRCULAR EXTERNA     Señores REPRESENTANTES LEGALES CONTADORES REVISORES FISCALES Sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales clasificadas en el Grupo 1 – NIIF Plenas (Decreto 2784 de 2012 y modificatorios)     REFERENCIA:     SOLICITUD DE ESTADOS FINANCIEROS AÑO 2015 Normas Internacionales de Información Financiera     Esta Superintendencia, con base en las atribuciones de inspección,…

RESOLUCION 000111 – 29 de Octubre de 2015

La DIAN expidió la Resolución 000111 de 29 OCT 2015, Por la cual se modifica parcialmente la resolución N° 220 del 31 de octubre del 2014 y se solicita la información prevista en el decreto 2733 de 2012. Igualmente la Resolución No 000112 establece el grupo de obligados a suministrar a la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, por el año gravable 2016, la información tributaria establecida en los artículos 623, 623-2 (sic), 623-3, 624, 625, 627, 628, 629, 629-1, 631, 631- 1, 631-2, 631-3 y 633 del Estatuto Tributario, en el Decreto 1738 de 1998 y en el artículo 58 de la Ley 863 de 2003 y en el Decreto 4660 de 2007, se señala el contenido, características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega