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Ajuste de rangos del avalúo para el Predial Bogotá 2026. SDH-Resolución SDH(000194)

Ajuste de rangos del avalúo para el Predial Bogotá 2026. SDH-Resolución SDH(000194)

Resolución SDH-000194 del 12-12-2025 – Secretaría Distrital de Hacienda (Bogotá)

1. Base del Ajuste (10,02%)

La norma no cambia las tarifas “por mil” (que van del 5,5 al 12,3 para residenciales), sino que ajusta los montos de dinero (rangos) sobre los cuales aplican dichas tarifas.

  • Referencia: Variación del IPVN reportada por el DANE.
  • Objetivo: Reconocer la inflación del sector inmobiliario para que la progresividad del impuesto se mantenga equitativa.

2. Nuevos Rangos para Predios Residenciales Urbanos

Se establece una tabla progresiva detallada en el Artículo 1. Los puntos extremos son:

  • Tarifa Mínima (5,5 por mil): Para predios con avalúo hasta $194.307.000.
  • Tarifa Máxima (12,3 por mil): Para predios con avalúo superior a $2.505.139.001.

3. Predios No Residenciales y Clubes

La resolución también actualiza los rangos para otras categorías (Artículo 2 y 3):

  • Comerciales:

  • Tarifa 8 por mil: Avalúos hasta $363.264.000.
  • Tarifa 9,5 por mil: Avalúos superiores a $363.264.000.
  • Pequeños Depósitos/Parqueaderos (hasta 30m2):

  • Tarifa 5 por mil: Hasta $6.832.000.
  • Tarifa 8 por mil: Superiores a ese monto.
  • Lotes (Urbanizables no edificados): Tarifa fuerte del 33 por mil si superan los $63.048.000.

  • Clubes Sociales/Campestres: Se ajusta la tabla progresiva que inicia en 6,50 por mil y termina en 9,15 por mil para avalúos superiores a $109 mil millones.

4. Vigencia

Esta resolución rige a partir del 1 de enero de 2026, fecha en la cual se empezará a liquidar el impuesto con estos nuevos valores base.