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CR Consultores Colombia, es un firma de contadores y abogados, con extensa experiencia en la prestación de servicios en las áreas de:

Revisoría Fiscal, Precio de transferencia, Impuestos, Outsourcing, Asesoría financiera y cambiaria, Estudio de atribución de rentas sucursales y EP, Servicios legales y tributarios, Valoración de empresas, Normas y procedimientos de contabilidad y auditoria internacional.

En CR Consultores Colombia nos caracterizamos por prestar servicios integrales y de valor agregado. El enfoque del servicio que ofrecemos comprende el entendimiento de las necesidades y expectativas de negocio de nuestros clientes. Nuestra principal carta de presentación es la recomendación de nuestros clientes.


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Sentencia 25029 – BENEFICIO DE AUDITORÍA.

El artículo 689-1 del Estatuto Tributario establece el beneficio de auditoría, según el cual, las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios con un incremento de al menos 3 veces la inflación causada en el respectivo año gravable, en relación con el impuesto neto del año inmediatamente anterior, quedará en firme en el término de 12 meses. SOLICITUD DE PRUEBAS EN SEGUNDA…

DIAN oficio 0561 – COSTO FISCAL DE LOS BIENES INMUEBLES.

La conjunción copulativa y disyuntiva “y/o” empleada en el artículo 72 del Estatuto Tributario permite al contribuyente utilizar como costo fiscal, para efectos del artículo 71 ibídem – utilidad en la enajenación de inmuebles – el autoavalúo o avalúo catastral del bien, ya sea que este valor figure en la declaración del impuesto predial unificado o en la declaración del impuesto sobre la renta del…

DIAN oficio 0522 – SOPORTES DE COSTOS Y GASTOS.

Para el caso objeto de petición, se evidencia que la operación económica se efectuó en un momento en el cual el documento equivalente generado por máquinas registradoras con sistema POS ya no fungía como soporte válido para efectos de deducción en el impuesto sobre la renta. En ese orden de ideas, el documento idóneo para dichos efectos corresponde a la factura…

DIAN oficio 0567 – IMPORTACIONES QUE NO CAUSAN EL IMPUESTO.

Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria pregunta si lo previsto en el literal d) del artículo 428 y el numeral 3 del artículo 477 del Estatuto Tributario aplica a las importaciones y adquisiciones de armas y municiones realizadas con destino a las Fuerzas Militares y de Policía y con cargo a los Fondos de Seguridad y Convivencia Ciudadana de que tratan…