
CR Consultores Colombia, es un firma de contadores y abogados, con extensa experiencia en la prestación de servicios en las áreas de:
Revisoría Fiscal, Precio de transferencia, Impuestos, Outsourcing, Asesoría financiera y cambiaria, Estudio de atribución de rentas sucursales y EP, Servicios legales y tributarios, Valoración de empresas, Normas y procedimientos de contabilidad y auditoria internacional.
En CR Consultores Colombia nos caracterizamos por prestar servicios integrales y de valor agregado. El enfoque del servicio que ofrecemos comprende el entendimiento de las necesidades y expectativas de negocio de nuestros clientes. Nuestra principal carta de presentación es la recomendación de nuestros clientes.
Lo siento, no se han encontrado publicaciones. * * * Se necesita contador público, con experiencia de 5 años, con conocimientos en impuestos asistente contable, con conocimiento en impuestos. Horario de Lunes a viernes 8:30 am a 5:30 pm y Sábado 9:00 am a 12:00 pm. Interesados enviar hoja de vida a: recursos.humanos@crconsultorescolombia.net Adjuntar Hoja de Vida o diligenciar formulario.*** oferta de empleo OFICIO Nº 901878 09-03-2017 DIAN Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Bogotá, D. C. 100208221-000327 Señora DIANA MARÍA GÓMEZ OROZCO Calle 126 No. 70G-62 gerencia@its-medical.com Bogotá, D. C. Ref.: Radicado 100005155 del 07/02/2017 Tema Retención en la fuente Descriptores Autorretenedores Fuentes formales Artículo 365 del Estatuto Tributario. Artículos 26, 125 de la Ley 1819 de 2016. Artículos 1.2.6.7 y 1.2.6.8 del Decreto número 1625… Concepto Nº 149 27-03-2017 Consejo Técnico de la Contaduría Pública Bogotá, D.C. Señora JANETH VALDIVIESO jrvaldieso@friocol.com Asunto: Consulta 1-2017-002555 Destino: Externo Origen: 10 REFERENCIA: Fecha de Radicado 20 de febrero de 2017 Entidad de Origen Consejo Técnico de la Contaduría Pública N° de Radicación CTCP 2017-149- CONSULTA Tema Propiedad, Planta y Equipo – Avalúos El Consejo Técnico de la Contaduría Pública… En este Oficio se da respuesta a las siguientes inquietudes: “1. ¿Una persona natural extranjera no residente fiscal en Colombia, que como accionista en una sociedad nacional recibe un pago por concepto de dividendos no gravados, está obligado a presentar declaración del Impuesto de Renta y Complementarios?”// “2. ¿Un no residente fiscal colombiano que percibe rendimientos financieros mínimos con ocasión de una cuenta bancaria en Colombia, sobre los cuales la entidad bancaria no practicó retención en la fuente, se encuentra obligado a presentar declaración de renta por esos rendimientos?”/ “a) ¿Existe un monto o valor mínimo para estar obligado a presentar declaración de renta en caso de obtención de ingresos por rendimientos financieros anuales o rentas y ganancias de fuente nacional?”// “3. Un no residente fiscal colombiano, accionista en una sociedad colombiana que recibe un pago a título de intereses presuntos del artículo 35 del Estatuto Tributario por un préstamo realizado a la sociedad de la cual es accionista, y al cual, no se le practicó retención en la fuente ¿debe estar obligado a presentar declaración de renta por el pago de esos intereses presuntos, teniendo en cuenta que acorde con los artículos 407 al 411 del Estatuto Tributario, no se encuentra la obligación de practicar la retención? Es peligroso hablar de materialidad en valores absolutos, pues esta debe calcularse en términos relativos y el punto de referencia para la relatividad no está predeterminado, porque debe fijarse en función de los impactos que pueda tener esa partida y la relación que pueda existir con otras partidas…// (…) En el caso de las cuentas por cobrar y por pagar (…) este Consejo considera (…) que la norma no se dirige en principio al cálculo del deterioro en sí mismo sino al seguimiento de indicadores de deterioro que evidencien la necesidad de realizar el cálculo del deterioro…/ (…) En cuanto al uso del costo amortizado, (…) si el efecto financiero no es significativo, puede obviarse el registro a valor presente de la partida./ (…) No puede alegarse esfuerzo desproporcionado en ninguna de estas situaciones…// (…) El hecho de que el inventario no tenga factores de obsolescencia no es suficiente, porque como ya se indicó, el deterioro puede venir de diversas fuentes. En consecuencia, es mandatorio garantizar que el valor neto realizable no es inferior al valor en libros…// (…) En cuanto al préstamo de accionistas (…) si se concluye que no se cumple la definición de pasivo, la partida sería patrimonio (…). Si por el contrario se concluye que sigue cumpliendo la definición de pasivo, debe procurar establecerse los flujos estimados de pago. Si no es posible hacerlo, la partida debe quedar entonces a valor nominal, hasta que cambien las circunstancias OFICIO Nº 005237 13-03-2017 DIAN Dirección de Gestión Jurídica Bogotá, D.C. 100208221- 000395 Señor KEVIN DANILO GRANADOS CRUZ CRA 91 D SUR 49 B -04 BR ALAMEDA Email: kevin.granados@ulagrancolombia.edu.co Bogotá D.C. Ref: Radicado 100009950 del 07/03/2017 Tema Impuesto sobre la Renta y Complementarios Descriptores DEDUCCIÓN ESPECIAL DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS Fuentes formales Ley 1819 de 2016. Art. 67. Estatuto Tributario. Art. 115-2. Cordial…

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Concepto Nº 149 27-03-2017
OFICIO Nº 900298 28-02-2017 DIAN
Concepto Nº 155 30-03-2017
OFICIO Nº 005237 13-03-2017 DIAN


