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Empresas Guinea Ecuatorial en Colombia: Asesoría Internacional

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Servicios para Empresas de Guinea Ecuatorial en Colombia: Su Socio Local de Confianza

¿Por Qué Expandirse a Colombia Es Complejo?

Expandirse de Guinea Ecuatorial a Colombia no debería ser complicado. Sin embargo, el sistema tributario colombiano funciona de manera diferente. Por un lado, la DIAN exige reportes en tiempo real que no existen en el sistema ecuatoguineano. Por otro lado, las NIIF son más estrictas. Además, la seguridad social tiene una estructura totalmente distinta a INSESO. ¿El resultado? En consecuencia, empresarios pierden tiempo y dinero resolviendo temas administrativos en lugar de enfocarse en ventas.

Nosotros Manejamos Su Operación Colombiana

Nosotros nos encargamos de todo el back office. Mientras usted cierra negocios desde Malabo, Bata o desarrolla proyectos energéticos, nuestro equipo en Colombia maneja su contabilidad, declara impuestos y liquida nóminas. Así mismo, mantiene todo al día ante DIAN con total cumplimiento normativo. De este modo, opera libre de sorpresas, multas o complicaciones administrativas. Finalmente, solo recibe reportes mensuales claros y se enfoca en lo que realmente importa: hacer crecer su operación colombiana de forma rentable.

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Información y Contacto

Estamos aquí para responder todas tus preguntas y ayudarte a alcanzar tus objetivos empresariales

¿Por Qué Elegir Nuestros Servicios para Empresas de Guinea Ecuatorial en Colombia?

Más de 18 años conectando empresarios de Malabo y Bata con el mercado colombiano

Especializados en Servicios para Empresas Ecuatoguineanas

Sabemos que en Guinea Ecuatorial el IVA es 15% mientras que en Colombia es 19% y bimestral ante DIAN. Por otro lado, su sistema contable ecuatoguineano necesita adaptarse a factura electrónica colombiana con validación en tiempo real. Además, el Franco CFA necesita convertirse a pesos colombianos. Por esta razón, no necesita explicarnos dos veces las cosas.

No Subcontratamos (Todo In-House)

Su contador, auxiliar contable, liquidador de nómina, revisor fiscal y abogado corporativo están en nuestra oficina de Colombia. De hecho, no terciarizamos con freelancers ni call centers. Por consiguiente, usted habla directo con quien lleva su caso. Así mismo, obtiene respuestas el mismo día, no en "3-5 días hábiles".

Clientes Reales desde 2007

Hemos constituido empresas desde el sector energético hasta servicios profesionales. Igualmente, manejamos operaciones de empresas internacionales con oficinas en Medellín y Bogotá. Además, trabajamos con compañías de servicios petroleros expandiéndose a Colombia. En definitiva, cada industria tiene particularidades que conocemos bien.

Garantía de Cumplimiento DIAN

Si recibe multa o sanción por error nuestro, la pagamos nosotros. Simple. En consecuencia, en 18 años jamás hemos tenido que hacerlo porque nuestros procesos están certificados ISO 9001. Por otra parte, somos auditados trimestralmente. En resumen, cero improvisación, cero "después lo arreglamos".

Preguntas Frecuentes: Servicios para Empresas de Guinea Ecuatorial en Colombia

¿Puedo manejar mi empresa colombiana desde Malabo sin viajar tanto?

Operación 100% Remota

Sí, el 80% de nuestros clientes internacionales operan desde sus países. De hecho, nosotros manejamos firmas ante DIAN con poder notarial apostillado. Además, gestionamos representación legal en Cámara de Comercio y trámites bancarios. Por consiguiente, solo necesita venir para constituir (3 días) o puede apostillar poder y hacerlo todo remoto.

Comunicación Digital Total

Realizamos reuniones por Zoom, documentos por DocuSign y reportes mensuales por email. En resumen, viaje cuando quiera ver clientes, no por papeleo.

¿Me conviene abrir sucursal de mi empresa ecuatoguineana o constituir empresa nueva en Colombia?

Comparación de Estructuras

Depende de su facturación proyectada. Sucursal: todo el patrimonio ecuatoguineano responde por deudas colombianas, más lento (8-12 semanas), cuesta ~$8M COP. Por otro lado, SAS nueva: responsabilidad limitada, listo en 3-5 días, cuesta $3.5M COP.

Recomendación por Tamaño

Para facturar menos de $500M COP anuales, entonces vaya por SAS. Sin embargo, para +$2.000M anuales con casa matriz fuerte, la sucursal puede dar más credibilidad con proveedores grandes.

¿Cómo manejo la conversión de Franco CFA a Peso Colombiano en la contabilidad?

Gestión de Conversión Cambiaria

Manejamos la conversión XAF-COP usando tasas oficiales del Banco de la República. De hecho, registramos las diferencias en cambio conforme NIIF colombianas. Además, generamos reportes en ambas monedas para su matriz.

Reportes Duales

Por un lado, mantenemos contabilidad en COP para DIAN. Por otro lado, generamos reportes consolidados en Franco CFA para su casa matriz en Guinea Ecuatorial. En consecuencia, usted tiene visibilidad total en ambas monedas.

¿Cuánto me demoro abriendo cuenta bancaria corporativa siendo extranjero?

Tiempos y Bancos Recomendados

3-6 semanas promedio para empresas africanas. Por un lado, Bancolombia y Banco de Bogotá tienen experiencia con empresas internacionales.

Documentación Requerida

Requisitos: Documentos de identificación apostillados, certificado de constitución empresarial apostillado. Además, referencias bancarias internacionales (2 cartas), depósito inicial $10-15M COP. Finalmente, cita presencial del representante legal o apoderado. En definitiva, nosotros coordinamos todo el proceso y traducimos documentación necesaria.

¿Mis facturas de Guinea Ecuatorial sirven como respaldo ante DIAN?

Validez Contable vs Fiscal

Sirven como soporte contable interno pero NO como factura fiscal colombiana. En otras palabras, si su matriz en Guinea Ecuatorial le presta servicios o vende productos a su operación colombiana, entonces esa factura puede respaldar el gasto. Sin embargo, usted debe auto-retenerse 10%-20% según el tipo de servicio y declararlo ante DIAN.

Limitaciones Importantes

Lo que NO sirve: factura ecuatoguineana directa a cliente colombiano. Por el contrario, ellos necesitan factura electrónica DIAN para su contabilidad y poder deducir el gasto.

¿Cómo funciona la contratación laboral en Colombia vs Guinea Ecuatorial?

Diferencias del Sistema Laboral

En Colombia el sistema es completamente diferente a INSESO ecuatoguineano. No obstante, si hay subordinación (horario fijo, supervisión directa, exclusividad), entonces requiere contrato laboral formal. Como resultado, debe pagar prestaciones (prima, cesantías, EPS/AFP/ARL).

Prestaciones Obligatorias

Incluye: prima de servicios (salario extra), cesantías (ahorro obligatorio), vacaciones pagadas. Además, aportes a salud (EPS), pensión (AFP) y riesgos laborales (ARL). Finalmente, parafiscales (SENA, ICBF, Cajas) que no existen en el sistema ecuatoguineano.

¿Qué documentos de Guinea Ecuatorial necesito apostillar?

Documentación Requerida

Para constituir empresa: certificado de existencia de su empresa en Guinea Ecuatorial, estatutos sociales, cédula/pasaporte del representante legal. Además, todos deben estar apostillados conforme Convención de La Haya.

Proceso de Apostilla

En primer lugar, obtener documentos originales en Guinea Ecuatorial. Posteriormente, apostillarlos ante autoridad competente ecuatoguineana. Finalmente, algunos documentos pueden requerir traducción oficial al español. Por consiguiente, el proceso toma 4-6 semanas. Nosotros coordinamos todo el trámite.

¿Qué pasa si arranco operaciones y después formalizo todo ante DIAN?

Riesgos Inmediatos

Mala idea. Por un lado, DIAN cruza información bancaria automáticamente. En consecuencia, si detecta movimientos sin estar registrado = presunción de evasión.

Consecuencias Legales

Las multas: hasta 160% del impuesto no declarado + cierre temporal del negocio. Además, antecedentes penales si supera 7.250 UVT (~$345M COP). Por otra parte, sus clientes colombianos necesitan factura electrónica DIAN para deducir gastos, sin eso no le compran. Finalmente, el trámite de constitución toma 3-5 días, no vale la pena el riesgo.

¿Necesito contador en Malabo y otro en Colombia?

Contadores Especializados por País

Sí, lo ideal es tener contador en cada país. Su contador en Guinea Ecuatorial maneja: obligaciones fiscales ecuatoguineanas, reportes locales, conversión a Franco CFA. Por otro lado, nosotros en Colombia manejamos: DIAN, NIIF colombianas, nómina local, facturación electrónica.

Coordinación Binacional

Nosotros coordinamos: con su contador ecuatoguineano para consolidación de estados financieros. Además, generamos reportes compatibles con ambos sistemas. Finalmente, manejamos Transfer Pricing entre operaciones de Guinea Ecuatorial y Colombia.

¿Vale la pena operar en Colombia desde el sector energético de Guinea Ecuatorial?

Oportunidades de Mercado

Sí, Colombia tiene sector energético en crecimiento. Por un lado, su experiencia en petróleo y gas tiene alta demanda. Por otro lado, Colombia necesita servicios especializados del sector extractivo.

Sectores con Oportunidades

En consecuencia, empresas ecuatoguineanas encuentran oportunidades en: servicios petroleros, ingeniería especializada, consultoría técnica. Además, servicios de exploración y producción tienen demanda constante. Finalmente, Colombia ofrece mercado de 52M habitantes para diversificar operaciones más allá del sector energético.

¿Qué pasa si me atraso pagando impuestos o presentando declaraciones?

Sistema de Sanciones Automáticas

DIAN no perdona: sanción mínima por extemporaneidad 5% del valor a pagar (o 1% del patrimonio si sale en ceros), + intereses moratorios 31.78% EA. Además, si se atrasa +2 meses, entonces pueden inhabilitar su RUT = no puede facturar.

Ejemplo Real de Costos

Ejemplo real: declaración de $10M COP con 3 meses de atraso = $500k sanción + $800k intereses = $1.3M adicional. Por consiguiente, por cada día hábil de atraso suben los intereses. Es más estricto que el sistema ecuatoguineano. Por el contrario, no hay facilidades de pago, es automático y no negociable.

Nuestra Ubicación

Nuestra Oficina Principal en Colombia

carrera 48 # 106a - 24, Bogotá D.C. - Colombia


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OFICIO Nº 027199 18-09-2015 DIAN

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO./ CONDICIÓN ESPECIAL PARA EL PAGO DE IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES (LEY 1739 DE 2014)./ SANEAMIENTO DE DECLARACIONES DE RETENCIÓN EN LA FUENTE INEFICACES./ ALCANCE./ BENEFICIO NO APLICA PARA DECLARACIONES DE RETENCIÓN EN LA FUENTE PRESENTADAS EN ENERO DE 2015.// “…Para que opere el beneficio consagrado en el parágrafo 3° del artículo 57 la Ley 1739 de 2015, se deben reunir los requisitos que exige la norma: i) que se trate de declaraciones en relación con períodos gravables anteriores a 1° de enero de 2015, ii) que sobre dichas declaraciones haya operado el fenómeno de la ineficacia y iii) que se presente y pague la declaración de retención en la fuente hasta el 30 de octubre de 2015

Ley 1739

REFORMA TRIBUTARIA 2014./ LEY 1739 DE 2014 (POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA EL ESTATUTO TRIBUTARIO, LA LEY 1607 DE 2012, SE CREAN MECANISMOS DE LUCHA CONTRA LA EVASIÓN Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES)./ TEXTO EN WORD.// Para una mayor comodidad de sus asociados y suscriptores en el estudio y análisis de la nueva Reforma Tributaria, el Centro de Estudios Tributarios de Antioquia (CETA) presenta el texto de la Ley 1739, sancionada por el Presidente y publicada el 23 de Diciembre de 2014, en formado Word tomado directamente del Diario Oficial. La nueva ley, además del Impuesto a la Riqueza, con causación y contabilización anual; de lo concerniente al Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE) y de la Sobretasa al CREE, que se propone, por vía de extinción gradual, como relevo del Impuesto a la Riqueza, contiene en sus 77 artículos, una serie de normas de entre las cuales vale resaltar las referentes a la extensión en el tiempo del Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF)y el correlativo aplazamiento de la entrada en vigor de la limitación de pagos en efectivo para aceptación de costos, deducciones, pasivos e impuestos descontables. Así mismo, en materia de Impuesto de renta, algunas normas atinentes a residencia, sede efectiva de administración, descuento por impuestos pagados en el exterior, IMAS, rentas exentas laborales, descuento por IVA pagado en la adquisición e importación de maquinaria pesada para industrias básicas, deducción por inversiones en investigación, desarrollo tecnológico o innovación y descuento en Renta de 2 puntos del IVA pagado en la adquisición o importación de bienes de capital e incremento de la sanción por inexactitud por activos omitidos o pasivos inexistentes al 200%, entre otras. Así mismo, se crea como complementario del Impuesto a la Riqueza y con tarifas que se incrementan anualmente, el de Normalización Tributaria y se establece la Declaración Anual de Activos en el Exterior. Como en anteriores leyes de reforma, se incluyen, con algunas variables, las figuras de conciliación judicial, terminación por mutuo acuerdo de procesos administrativos y condición especial de pago, así como saneamiento contable de entidades públicas. Se homologan de alguna manera los más importantes términos del procedimiento aplicable a la UGPP con los del Estatuto Tributario. Igualmente, se introducen modificaciones al Impuesto Nacional a la Gasolina y el ACPM y se crea el ‘Diferencial de participación’ como contribución parafiscal al combustible. Finalmente, Se derogan los artículos 498-1 y 850-1 del Estatuto Tributario.

Concepto Nº 782 07-10-2015

De acuerdo con la Sección 35 de la NIIF para las PYMES, una entidad durante el período de transición tiene derecho a corregir o modificar el Estado de Situación Financiera de Apertura – ESFA, puesto que la contabilidad oficial aún se encuentra en los términos expuestos en los Decretos 2649 y 2650 de 1993. Sin embargo, al trasmitirlo previamente a la entidad de inspección, vigilancia y control, esta última tiene el derecho de solicitar a la entidad que sustente los cambios efectuados durante este período

OFICIO Nº 025511 02-09-2015 DIAN

  OFICIO Nº 025511 02-09-2015 DIAN     Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Bogotá, D.C. 100208221- 001163   Ref: Radicado 021235 del 27/05/2015   Tema Impuesto a las ventas Descriptores Retiro de inventarios Fuentes Formales Estatuto Tributario, artículos 421, literal b), 453, 458 y 617 , literales b) y c). José ELSERTCASTAÑDA Subdirección de Gestión Normativa y Doctrino Bogotá,…

OFICIO Nº 024710 03-09-2015

    OFICIO Nº 024710 03-09-2015 DIAN Dirección de Gestión Jurídica Bogotá, D. C. 100202208-0830 Ref.: Radicado número 100200211-270 del 22 de mayo de 2015 Tema Impuesto sobre la Renta y Complementarios Descriptores Establecimiento Permanente Fuentes formales Estatuto Tributario, artículos 30 y 260-1; Decreto 4048 de 2008, artículos 30 y 31;  Decreto 3026 de 2013, artículos 11, 12, 13 y 16  Cordial saludo, doctor Sicard…

NIIF – IMPUESTO A LA RIQUEZA, RECONOCIMIENTO

Este Consejo reitera que en su opinión, el Impuesto a la Riqueza debe ser reconocido en su totalidad al inicio, esto es, el correspondiente a los años 2015, 2016, 2017 y 2018, como un pasivo, en el año 2015, afectado las cuentas de resultado de dicho año…// (…) La base gravable de este tributo es el valor del patrimonio del contribuyente poseído el 1 de enero de 2015, base que se deberá tener en cuenta para el pago de dicho impuesto en los años 2015, 2016, 2017 y 2018. El hecho de que se estipule una variabilidad de apenas un 25% del IPC de cada año no es suficiente para generar un grado de incertidumbre tal que impida reconocer el impuesto