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DIAN – oficio Aduanero 0114 – Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Colombia y Perú, por otra.

Se resalta que la autoridad requerida, para este caso la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en aras de entregar o notificar cualquier decisión o documento emitido por la autoridad requirente (Aduana de los Países Bajos), deberá dar a aplicación a las disposiciones legales y reglamentarias que le sean aplicables.

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