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Requisitos para que declaraciones de retención sin pago sean válidas por compensación de saldos a favor. DIAN-Oficio 000481

Oficio 000481

(16-04-2018)

  • Tipo de norma: Oficio
  • Número: 000481
  • Entidad emisora: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN
  • Fecha: 2018-04-16
  • Título: Condiciones para que las declaraciones de retención en la fuente sin pago total sean eficaces en virtud de solicitudes de compensación de saldo a favor.
  • Tema: Procedimiento
  • Subtítulo: Descriptor: Condiciones para que las declaraciones de retención en la fuente sin pago total sean eficaces en virtud de solicitudes de compensación de saldo a favor.

Problema jurídico resuelto

¿Cómo se aplican los requisitos del artículo 580-1 del Estatuto Tributario para que una declaración de retención en la fuente presentada sin pago sea válida, utilizando un saldo a favor para su compensación? Específicamente, ¿cómo se calcula la condición de que el saldo a favor sea «igual o superior a dos veces el valor de la retención a cargo»?

Tesis jurídica

  • Para que una declaración de retención en la fuente sin pago sea eficaz mediante compensación, deben cumplirse dos condiciones numéricas de manera simultánea:
    1. Que el saldo a favor del contribuyente sea igual o superior al doble de la «retención a cargo» (valor de la casilla 82 del Formulario 350, que es el total de retenciones antes de sanciones).
    2. Que el saldo a favor sea igual o superior al «saldo a pagar» de la declaración de retención (valor de la casilla 84 del Formulario 350, que incluye retenciones más sanciones).
  • Si se pretende compensar varias declaraciones de retención con un mismo saldo a favor, el saldo a favor debe ser igual o superior al doble de la sumatoria de las retenciones a cargo de todas las declaraciones, y además, debe ser suficiente para cubrir la sumatoria de los saldos a pagar de todas ellas.
  • La solicitud de compensación debe presentarse dentro de los seis (6) meses siguientes a la presentación de la declaración de retención.

Base legal

  • Estatuto Tributario, art. 580-1 (modificado por la Ley 1819 de 2016).

Fundamentación

  • Doble Filtro Legal: La norma establece un doble control. El primer requisito (que el saldo a favor sea el doble de la retención a cargo) es un filtro de viabilidad que busca asegurar que el contribuyente tiene una solvencia fiscal significativa para acceder a este mecanismo excepcional. El segundo requisito (que el saldo a favor cubra el total a pagar) es un filtro de pago, para garantizar que la obligación quede completamente saldada.
  • Definición de «Retención a Cargo»: Se aclara que la «retención a cargo», para efectos del primer filtro, corresponde al valor consolidado de las retenciones de renta, IVA y timbre, antes de sumar las sanciones. Este valor se encuentra en la casilla 82 del Formulario 350.
  • Pago Total de la Obligación: La compensación debe cubrir la totalidad de la obligación. Por ello, el saldo a favor debe ser suficiente para pagar no solo las retenciones, sino también las sanciones que se liquiden en la misma declaración (casilla 84). Si el saldo a favor no cubre la totalidad, la solicitud será rechazada y la declaración se considerará ineficaz.
  • Aplicación Acumulada para Múltiples Declaraciones: Si se usa un saldo a favor para cubrir varias declaraciones de retención, los requisitos se aplican de manera agregada. Se deben sumar todas las «retenciones a cargo» de las declaraciones a compensar y compararlas contra el doble del saldo a favor. Igualmente, se debe verificar que el saldo a favor alcance a cubrir la suma de todos los «saldos a pagar».

Conclusión

Problema jurídico Tesis jurídica
¿Qué condiciones numéricas debe cumplir un saldo a favor para validar una declaración de retención en la fuente presentada sin pago? Debe cumplir un doble requisito: 1) ser igual o superior al doble de las retenciones a cargo (antes de sanciones), y 2) ser igual o superior al saldo total a pagar de la declaración (incluyendo sanciones).
  • Firma: PEDRO PABLO CONTRERAS CAMARGO – Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina