Oficio 000481
(16-04-2018)
- Tipo de norma: Oficio
- Número: 000481
- Entidad emisora: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN
- Fecha: 2018-04-16
- Título: Condiciones para que las declaraciones de retención en la fuente sin pago total sean eficaces en virtud de solicitudes de compensación de saldo a favor.
- Tema: Procedimiento
- Subtítulo: Descriptor: Condiciones para que las declaraciones de retención en la fuente sin pago total sean eficaces en virtud de solicitudes de compensación de saldo a favor.
Problema jurídico resuelto
¿Cómo se aplican los requisitos del artículo 580-1 del Estatuto Tributario para que una declaración de retención en la fuente presentada sin pago sea válida, utilizando un saldo a favor para su compensación? Específicamente, ¿cómo se calcula la condición de que el saldo a favor sea «igual o superior a dos veces el valor de la retención a cargo»?
Tesis jurídica
- Para que una declaración de retención en la fuente sin pago sea eficaz mediante compensación, deben cumplirse dos condiciones numéricas de manera simultánea:
- Que el saldo a favor del contribuyente sea igual o superior al doble de la «retención a cargo» (valor de la casilla 82 del Formulario 350, que es el total de retenciones antes de sanciones).
- Que el saldo a favor sea igual o superior al «saldo a pagar» de la declaración de retención (valor de la casilla 84 del Formulario 350, que incluye retenciones más sanciones).
- Si se pretende compensar varias declaraciones de retención con un mismo saldo a favor, el saldo a favor debe ser igual o superior al doble de la sumatoria de las retenciones a cargo de todas las declaraciones, y además, debe ser suficiente para cubrir la sumatoria de los saldos a pagar de todas ellas.
- La solicitud de compensación debe presentarse dentro de los seis (6) meses siguientes a la presentación de la declaración de retención.
Base legal
- Estatuto Tributario, art. 580-1 (modificado por la Ley 1819 de 2016).
Fundamentación
- Doble Filtro Legal: La norma establece un doble control. El primer requisito (que el saldo a favor sea el doble de la retención a cargo) es un filtro de viabilidad que busca asegurar que el contribuyente tiene una solvencia fiscal significativa para acceder a este mecanismo excepcional. El segundo requisito (que el saldo a favor cubra el total a pagar) es un filtro de pago, para garantizar que la obligación quede completamente saldada.
- Definición de «Retención a Cargo»: Se aclara que la «retención a cargo», para efectos del primer filtro, corresponde al valor consolidado de las retenciones de renta, IVA y timbre, antes de sumar las sanciones. Este valor se encuentra en la casilla 82 del Formulario 350.
- Pago Total de la Obligación: La compensación debe cubrir la totalidad de la obligación. Por ello, el saldo a favor debe ser suficiente para pagar no solo las retenciones, sino también las sanciones que se liquiden en la misma declaración (casilla 84). Si el saldo a favor no cubre la totalidad, la solicitud será rechazada y la declaración se considerará ineficaz.
- Aplicación Acumulada para Múltiples Declaraciones: Si se usa un saldo a favor para cubrir varias declaraciones de retención, los requisitos se aplican de manera agregada. Se deben sumar todas las «retenciones a cargo» de las declaraciones a compensar y compararlas contra el doble del saldo a favor. Igualmente, se debe verificar que el saldo a favor alcance a cubrir la suma de todos los «saldos a pagar».
Conclusión
- Firma: PEDRO PABLO CONTRERAS CAMARGO – Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina