Concepto DIAN 332(002930)
(11-03-2025)
- Tipo de norma: Concepto
- Número: 332(002930)
- Entidad emisora: DIAN
- Fecha: 2025-03-11
- Título: Tema: Renta
- Subtítulo: Descriptor: Indemnizaciones por violaciones de DDHH – Retención en la fuente
1. Problema jurídico resuelto
¿Están sujetas a retención en la fuente las indemnizaciones otorgadas a víctimas de violaciones de derechos humanos por órganos internacionales?
2. Tesis de la DIAN
✅ Sí, con matices:
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Sujetas a retención: Componentes de lucro cesante y daños inmateriales (Art. 401-2 ET).
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Exentas: Indemnizaciones por daño emergente (Art. 1.2.1.7.1 Dec. 1625/2016).
3. Fundamentación
🔹 Base legal:
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Ley 288/1996: Obliga al Estado a pagar indemnizaciones por violaciones de DDHH.
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Art. 26 ET: Considera gravables los ingresos que incrementen el patrimonio (excepto daño emergente).
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Art. 401-2 ET: Establece retención para indemnizaciones no salariales.
🔹 Tipos de indemnización:
Concepto | Tratamiento tributario | Base legal |
---|---|---|
Daño emergente | No es ingreso gravable → Sin retención | Art. 1.2.1.7.1 Dec. 1625/2016 |
Lucro cesante | Ingreso gravable → Retención aplicable | Art. 401-2 ET |
Daños inmateriales | Ingreso gravable → Retención aplicable | Art. 401-2 ET |
4. Proceso de verificación
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Identificar componentes de la indemnización:
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Daño emergente (reposición de pérdidas económicas directas).
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Lucro cesante (ganancias dejadas de percibir).
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Daños inmateriales (dolor, sufrimiento).
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Aplicar retención solo a lucro cesante y daños inmateriales.
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Si no hay discriminación de valores → Retener sobre el total (Art. 4 Ley 288/1996).
5. Conclusiones
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Retención obligatoria para lucro cesante y daños inmateriales.
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Exención para daño emergente.
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Discriminación requerida: Si no se especifican los componentes, se retiene sobre el monto total.
- Firma: INGRID CASTAÑEDA CEPEDA Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)