Concepto 963(020227) de la DIAN
(5-11-2024)
Entidad: DIAN
Fecha: 5 de noviembre de 2024
Tema: Obligación de facturar y Sistema de Factura Electrónica (Adición al Concepto Unificado No. 0106 de 2022)
Descriptor: Documento Equivalente Electrónico – Tiquete o Billete de Transporte Aéreo de Pasajeros
Puntos Clave
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Objetivo:
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Aclarar el plazo y alcance de la obligación de generar tiquetes/billetes de transporte aéreo electrónicos como documentos equivalentes a factura.
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Normativa Aplicable:
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Resolución 000165 de 2023 (artículo 17 y 29, modificado por Resolución 8 de 2024 y Resolución 000119 de 2024).
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Decreto 1625 de 2016 (artículo 1.6.1.4.6).
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Ámbito de Aplicación:
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Todos los sujetos obligados a facturar (aerolíneas, agencias de viajes, etc.) que opten por emitir tiquetes electrónicos.
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Cubre todas las ventas, sin importar:
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Si se realizan en puntos físicos o digitales (ej: páginas web, apps).
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Si la reserva se gestiona a través de Global Distribution Systems (GDS).
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La ubicación geográfica del punto de venta (dentro o fuera de Colombia).
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Plazo de Implementación:
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Originalmente, el tiquete electrónico debía implementarse antes del 1 de septiembre de 2024.
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Para reservas gestionadas mediante GDS, se otorgó un plazo adicional (sin modificar la obligación general).
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Exigencias Claras:
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La obligación de facturar no depende de:
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Rutas (origen/destino).
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Método de venta (online, presencial, GDS).
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Los tiquetes electrónicos son documentos equivalentes a factura y deben cumplir con los requisitos legales.
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Palabras Clave
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Facturación electrónica
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Tiquete aéreo electrónico
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Documento equivalente
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Global Distribution System (GDS)
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Resolución 000165 de 2023
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Obligación de facturar
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Aerolíneas
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Puntos de venta digitales
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DIAN
Conclusión
La DIAN aclara que la emisión de tiquetes electrónicos es obligatoria para todas las ventas de transporte aéreo, sin excepciones por el canal de venta o ubicación. Este criterio refuerza el cumplimiento de la facturación electrónica en el sector aeronáutico.
Firma: Ingrid Castañeda Cepeda, Subdirectora de Normativa y Doctrina (A).