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Incentivos tributarios Zonas más Afectadas por el Conflicto Armado – ZOMAC. DIAN-Concepto 1150 (010223)

Concepto 1150 (010223)

(10-12-2024)

Tipo de norma: Concepto
Número: 1150 (010223)
Entidad emisora: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)
Fecha: 10 de diciembre de 2024

Tema Principal

Incentivos tributarios en Zonas Más Afectadas por el Conflicto Armado (ZOMAC), con enfoque en:

  1. Requisitos de generación de empleo directo

  2. Formas de contratación permitidas

  3. Ubicación física de las actividades económicas


Hallazgos Clave

1. Empleo directo en ZOMAC

  • Definición: Contratación mediante vínculo laboral (Art. 1.2.1.23.1.1, Decreto 1625/2016).

  • Requisitos:

    • Cumplir con el mínimo de empleos según actividad económica (Anexo 3 del Decreto 1625/2016).

    • Residencia del personal: No es obligatorio que los empleados vivan en ZOMAC, pero deben trabajar físicamente allí.

  • Exclusión:

    • Teletrabajo desde fuera de ZOMAC no cumple con el requisito (Doctrina DIAN).

2. Otras formas de contratación

Después de cumplir el mínimo laboral, se permiten otras modalidades (ej: prestación de servicios).
Condición: Las actividades deben ejecutarse dentro de ZOMAC.

3. Desarrollo de la actividad económica

  • Base legal: Art. 1.2.1.23.1.2, Decreto 1625/2016.

  • Regla general:

    • 100% de las operaciones deben realizarse en ZOMAC.

    • Excepción: Bienes muebles pueden transportarse fuera (ej: exportaciones).


Recomendaciones

  1. Para empresas ZOMAC:

    • Priorizar la contratación de residentes locales (aunque no es obligatorio).

    • Asegurar que todo el personal (incluidos contratistas) trabaje físicamente en ZOMAC.

    • Documentar el cumplimiento del mínimo de empleos directos por actividad.

  2. Para verificaciones:

    • Consultar el Anexo 3 del Decreto 1625/2016 para los montos mínimos de empleo.

    • Firma: Ingrid Castañeda Cepeda, Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)