Concepto 1150 (010223)
(10-12-2024)
Tipo de norma: Concepto
Número: 1150 (010223)
Entidad emisora: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)
Fecha: 10 de diciembre de 2024
Tema Principal
Incentivos tributarios en Zonas Más Afectadas por el Conflicto Armado (ZOMAC), con enfoque en:
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Requisitos de generación de empleo directo
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Formas de contratación permitidas
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Ubicación física de las actividades económicas
Hallazgos Clave
1. Empleo directo en ZOMAC
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Definición: Contratación mediante vínculo laboral (Art. 1.2.1.23.1.1, Decreto 1625/2016).
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Requisitos:
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Cumplir con el mínimo de empleos según actividad económica (Anexo 3 del Decreto 1625/2016).
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Residencia del personal: No es obligatorio que los empleados vivan en ZOMAC, pero deben trabajar físicamente allí.
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Exclusión:
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Teletrabajo desde fuera de ZOMAC no cumple con el requisito (Doctrina DIAN).
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2. Otras formas de contratación
Después de cumplir el mínimo laboral, se permiten otras modalidades (ej: prestación de servicios).
Condición: Las actividades deben ejecutarse dentro de ZOMAC.
3. Desarrollo de la actividad económica
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Base legal: Art. 1.2.1.23.1.2, Decreto 1625/2016.
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Regla general:
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100% de las operaciones deben realizarse en ZOMAC.
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Excepción: Bienes muebles pueden transportarse fuera (ej: exportaciones).
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Recomendaciones
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Para empresas ZOMAC:
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Priorizar la contratación de residentes locales (aunque no es obligatorio).
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Asegurar que todo el personal (incluidos contratistas) trabaje físicamente en ZOMAC.
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Documentar el cumplimiento del mínimo de empleos directos por actividad.
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Para verificaciones:
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Consultar el Anexo 3 del Decreto 1625/2016 para los montos mínimos de empleo.
- Firma: Ingrid Castañeda Cepeda, Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)
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