Concepto 609 (005410)
(29-04-2025)
- Tipo de norma: Concepto
- Número: 609 (005410)
- Entidad emisora: DIAN
- Fecha: 2025-04-29
- Título: Tratamiento de pensiones en el Régimen SIMPLE
- Subtítulo: Exención de renta vs. base gravable en SIMPLE
1. Problema jurídico resuelto
¿Los ingresos por pensión exentos del impuesto sobre la renta (numeral 5, Art. 84 Ley 2381/2024) también están excluidos de la base gravable del Régimen SIMPLE?
2. Tesis de la DIAN
🔹 No. Los ingresos por pensión:
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Están exentos del impuesto sobre la renta (Ley 2381/2024).
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Deben incluirse en la base gravable del SIMPLE (Art. 904 y 908 ET), pues:
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El SIMPLE calcula el tributo sobre ingresos brutos totales (ordinarios + extraordinarios).
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No admite exclusiones por rentas exentas, costos o deducciones.
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3. Fundamentación clave
Norma | Contenido relevante | Efecto para pensionados en SIMPLE |
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Art. 84 Ley 2381/2024 | Exime pensiones del impuesto de renta (hasta 1,000 UVT). | No aplica al SIMPLE (régimen distinto). |
Art. 904 ET | Base gravable SIMPLE = ingresos brutos anuales percibidos. | Pensiones se incluyen aunque estén exentas en renta. |
Art. 906 ET | Pensionados pueden acogerse al SIMPLE si desarrollan empresa. | Solo si tienen actividades económicas adicionales a la pensión. |
4. Condiciones y alcance
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Para pensionados:
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Sin actividades empresariales: No pueden ingresar al SIMPLE (la pensión no es empresa).
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Con actividades empresariales: Deben incluir todos sus ingresos (incluida la pensión) en la base SIMPLE.
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Diferencias entre regímenes:
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Renta ordinaria: Excluye pensiones (hasta 1,000 UVT).
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SIMPLE: No contempla exclusiones → base gravable amplia.
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- Firma: INGRID CASTAÑEDA CEPEDA Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)