Concepto 1134
(29-07-2025)
- Tipo de norma: Concepto
- Número: 1134
- Entidad emisora: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN
- Fecha: 2025-07-29
- Título: Firmeza declaraciones. Declaración del impuesto sobre las ventas y retención en la fuente. Suspensión término firmeza de las declaraciones
- Tema: Procedimiento Tributario
- Subtítulo: Descriptores: Firmeza declaraciones. Declaración del impuesto sobre las ventas y retención en la fuente. Suspensión término firmeza de las declaraciones
Problema jurídico resuelto
La práctica de una inspección tributaria o la notificación de un emplazamiento para corregir sobre una declaración de IVA o de retención en la fuente, ¿suspende también el término de firmeza de la declaración de renta del mismo año gravable?
Tesis jurídica
- No. Las suspensiones al término de firmeza, provocadas por actuaciones de fiscalización (inspección o emplazamiento) sobre una declaración de IVA o de retención en la fuente, no se extienden ni afectan el término de firmeza de la declaración de renta del mismo período gravable.
- La unificación de términos del artículo 705-1 del Estatuto Tributario opera en una sola dirección: el término de firmeza de las declaraciones de IVA y retención se ata al de la declaración de renta, pero no al revés.
Base legal
- Estatuto Tributario, arts. 705, 705-1, 706 y 714.
- Consejo de Estado, Sección Cuarta, Sentencia de Unificación del 5 de agosto de 2021 (Exp. 22105).
Fundamentación
- Unificación Unidireccional de Términos: La DIAN, acogiendo la jurisprudencia de unificación del Consejo de Estado, aclara que el artículo 705-1 del E.T. estableció una regla especial para unificar el término de fiscalización. La norma supedita la firmeza de las declaraciones de IVA y retención a la firmeza de la declaración de renta del mismo año, convirtiendo a esta última en la declaración “principal” para efectos del conteo del tiempo.
- Flujo de la Suspensión:
- Si la DIAN suspende el término de firmeza de la declaración de renta (ej. por una inspección a esta), dicha suspensión sí se extiende a las declaraciones de IVA y retención de ese mismo año.
- Por el contrario, si la DIAN suspende el término de firmeza de una declaración de IVA o de retención, esa suspensión solo afecta a esa declaración específica y no se propaga a la declaración de renta ni a las demás declaraciones de IVA o retención del mismo año.
- Independencia de las Actuaciones: Aunque los términos de firmeza estén unificados, las actuaciones de fiscalización son independientes. La DIAN debe iniciar cualquier actuación sobre una declaración de IVA o retención antes de que adquiera firmeza la declaración de renta de ese año. Una vez iniciada, la suspensión opera solo para la declaración investigada.
Conclusión
- Firma: INGRID CASTAÑEDA CEPEDA – Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)