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Zonas afectadas por el conflicto armado (ZOMAC). Incentivos tributarios. DIAN-Oficio 000549

Oficio 000549

(24-04-2018)

  • Tipo de norma: Oficio
  • Número: 000549
  • Entidad emisora: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN
  • Fecha: 2018-04-24
  • Título: Zonas afectadas por el conflicto armado (ZOMAC). Incentivos tributarios
  • Tema: Renta
  • Subtítulo: Descriptor: Zonas afectadas por el conflicto armado (ZOMAC). Incentivos tributarios

Problema jurídico resuelto

  1. ¿Cuál es el alcance de la frase “que la sociedad preste los servicios dentro y desde las ZOMAC”, como requisito para acceder al beneficio de tarifa progresiva de renta?
  2. ¿La prohibición de acceder al beneficio ZOMAC para sociedades dedicadas a la explotación de hidrocarburos y servicios conexos aplica a actividades como el transporte, almacenamiento, distribución y comercialización de gas natural y gas combustible?

Tesis jurídica

  • La frase “dentro y desde las ZOMAC” significa que la totalidad de la operación que constituye el servicio debe originarse y llevarse a cabo en el interior de los municipios catalogados como ZOMAC. A partir de ahí, el servicio puede ser facturado y aprovechado por clientes en otras partes del país o del exterior.
  • Sí, aplica la prohibición. Las actividades relacionadas con la cadena del gas natural, como compresión, transporte, almacenamiento y distribución, se consideran servicios conexos a la explotación de hidrocarburos. Por lo tanto, las sociedades dedicadas a estas actividades, en virtud de concesiones, están excluidas y no pueden acceder al beneficio de tributación ZOMAC.

Base legal

  • Ley 1819 de 2016, arts. 236 y 237.
  • Decreto 1650 de 2017 (compilado en el DUR 1625 de 2016), arts. 1.2.1.23.1.2 y 1.2.1.23.1.9.
  • Resolución 139 de 2012 de la DIAN (Clasificación de Actividades Económicas – CIIU).

Fundamentación

  • Interpretación Gramatical y Territorial: La DIAN analiza las preposiciones “dentro” (en el interior de) y “desde” (punto de origen) para concluir que la ley exige que el núcleo de la prestación del servicio se realice íntegramente en la ZOMAC. No se admite que parte de la operación se realice fuera de la zona beneficiada.
  • Definición de Servicios Conexos: La exclusión para el sector de hidrocarburos no se limita a la extracción. El decreto reglamentario se refiere a la explotación “o servicios conexos a esta”. Para definir qué es un servicio conexo, la DIAN remite a la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU), adoptada por la misma entidad.
  • Clasificación CIIU: Las actividades de apoyo para la extracción de petróleo y gas natural (incluyendo las relacionadas con su transporte y manejo inicial) se encuentran en la Sección B, Divisiones 05 a 09 de la clasificación CIIU. Si la actividad de la empresa encaja en estos códigos, se considera un servicio conexo y, por ende, está excluida del beneficio ZOMAC.

Conclusión

Problema jurídico Tesis jurídica
1. ¿Qué significa prestar servicios “dentro y desde las ZOMAC”? <br> 2. ¿La distribución y comercialización de gas natural está excluida del beneficio ZOMAC? 1. Significa que toda la operación del servicio debe originarse y ejecutarse en la ZOMAC. <br> 2. Sí, está excluida, por considerarse un servicio conexo a la explotación de hidrocarburos.
  • Firma: PEDRO PABLO CONTRERAS CAMARGO – Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina