Concepto 136(001140)
(04-02-2025)
- Tipo de norma: Concepto
- Número: 136(001140)
- Entidad emisora: DIAN
- Fecha: 2025-02-04
- Título: Tema: Devolución de IVA en patrimonios autónomos sin NIT individual
- Subtítulo: Tratamiento de saldos a favor en fiducias – Acuerdos privados vs. obligaciones fiscales
1. Problemas jurídicos resueltos
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¿Pueden los patrimonios autónomos sin NIT individual tener saldos a favor en la declaración consolidada de IVA presentada por la fiduciaria?
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¿Cómo gestionar estos saldos a favor cuando la declaración consolidada arroja un saldo a pagar?
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¿A quién corresponde la devolución de saldos a favor: fiduciaria o patrimonio autónomo?
2. Tesis de la DIAN
A. Saldos a favor en patrimonios autónomos sin NIT:
✅ Sí son posibles, pero:
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La fiduciaria debe presentar declaración consolidada (Art. 102(5) ET).
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Debe llevar contabilidad desagregada por patrimonio (Oficio 001736/2016).
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Solo se solicita devolución si la declaración consolidada muestra saldo a favor (Art. 850 ET).
B. Gestión de saldos a favor:
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Si hay saldo a favor en declaración consolidada:
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La fiduciaria puede:
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Imputar al período siguiente (Art. 815 ET).
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Compensar con otras deudas tributarias.
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Solicitar devolución (plazo: 2 años).
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Si hay saldo a pagar:
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No hay derecho a devolución, incluso si un patrimonio individual generaría saldo a favor.
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C. Titularidad de la devolución:
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Solo la fiduciaria puede solicitar la devolución ante la DIAN (Art. 850 ET).
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Los acuerdos privados entre fiduciaria/beneficiarios no son oponibles al fisco (Art. 553 ET).
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La distribución interna del saldo se rige por el contrato de fiducia (Circular 007/1996 Superfinanciera).
3. Fundamentación jurídica
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Estatuto Tributario:
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Art. 102(5): Obligación de declaración consolidada por fiduciarias.
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Art. 850: Devolución de saldos a favor solo para responsables del IVA.
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Art. 553: Irrelevancia fiscal de acuerdos privados.
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Doctrina DIAN:
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Oficio 913695/2021: Saldos se liquidan a nivel consolidado.
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Oficio 001736/2016: Contabilidad individualizada por patrimonio.
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4. Conclusiones
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Declaración única, contabilidad separada:
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La fiduciaria declara IVA consolidado, pero debe mantener registros por patrimonio.
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Límites a la devolución:
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Depende del resultado global de la declaración (no por patrimonio individual).
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Distribución interna:
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La DIAN no interviene en cómo la fiduciaria reparte saldos a favor entre patrimonios/beneficiarios.
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- Firma: INGRID CASTAÑEDA CEPEDA Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)