Concepto 193(002704)
(14-02-2025)
- Tipo de norma: Concepto
- Número: 193(002704)
- Entidad emisora: DIAN
- Fecha: 2025-02-14
- Título: Tema: Régimen Simple de Tributación (SIMPLE) – Procedimiento
- Subtítulo: Sanción por no declarar – Liquidación de aforo
1. Sanción por no declarar en el SIMPLE
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Problema jurídico:
¿Es aplicable la sanción del Art. 643(1) ET por no presentar la declaración anual del SIMPLE? -
Tesis de la DIAN:
No, porque:-
El Art. 643(1) ET no incluye expresamente la omisión del SIMPLE como conducta sancionable.
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Vulneraría principios de legalidad y reserva de ley (Constitución, Art. 29).
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Jurisprudencia:
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Consejo de Estado y Corte Constitucional exigen tipicidad expresa en normas sancionatorias.
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2. Liquidación de aforo en el SIMPLE
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Problema jurídico:
¿Puede la DIAN emitir liquidación de aforo (Art. 717 ET) a contribuyentes SIMPLE que no declaran? -
Tesis de la DIAN:
Sí, porque:-
El Art. 717 ET es independiente de la sanción por no declarar.
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Requisitos:
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Emplazamiento previo al contribuyente (garantiza derecho de defensa).
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Dentro de los 5 años posteriores al vencimiento del plazo para declarar.
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Normativa aplicable:
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Art. 717 ET (liquidación de aforo).
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Art. 916 ET (remite al procedimiento general del ET para el SIMPLE).
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3. Conclusiones
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No hay sanción por no declarar en el SIMPLE (falta de tipicidad expresa en Art. 643 ET).
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Sí procede la liquidación de aforo (Art. 717 ET) si el contribuyente omite su declaración, previo emplazamiento.
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La DIAN también puede usar:
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Liquidación provisional (Art. 764 ET).
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Liquidación oficial simplificada (Art. 913 ET).
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- Firma: INGRID CASTAÑEDA CEPEDA Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)