DECRETO NÚMERO 1070 DE 2013
Por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 108, 206, 329, 330, 332, 334, 336, 339, 340, 384, 386 Y 387 del Estatuto Tributario
CONSIDERANDO
Que el artículo 329 del Estatuto Tributario, establece la clasificación de las personas naturales residentes en el país en categorías tributarias, a efectos de la aplicación del régimen del impuesto sobre la renta y complementario a que se refieren los Capítulos I y 11 del Título V del Libro Primero del Estatuto Tributario, así como para la aplicación de retenciones en la fuente que a título del mismo impuesto debe efectuarse a estos contribuyentes.
Que la clasificación de las personas naturales residentes en el país pertenecientes a las categorías tributarias referidas tiene íntima relación con los sistemas de determinación del impuesto sobre la renta a cargo de los contribuyentes citados.
Que el artículo 330 del Estatuto Tributario consagra los sistemas de determinación del impuesto sobre la renta y complementarios para las personas naturales pertenecientes a la categoría de empleados.
Para más información:
Ver Decreto 1070 Reglamentacion
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