Oficio 003704
(15-02-2018)
- Tipo de norma: Oficio
- Número: 003704
- Entidad emisora: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN
- Fecha: 2018-02-15
- Título: Aplicabilidad de la exclusión a computadores personales, de escritorio o portátiles.
- Tema: IVA
- Subtítulo: Descriptor: Aplicabilidad de la exclusión a computadores personales, de escritorio o portátiles.
Problema jurídico resuelto
Para aplicar la exclusión de IVA sobre computadores personales de escritorio o portátiles, ¿el límite de 50 UVT se debe comparar contra el precio final de venta al público en Colombia, o contra el valor en aduanas del equipo al momento de su importación?
Tesis jurídica
- El criterio para determinar si aplica la exclusión de IVA es el valor en aduanas del computador al momento de su importación.
- Si el valor en aduanas del equipo no excede el límite legal (actualmente 50 UVT), el bien se considera excluido del IVA.
- Esta exclusión se mantiene en toda la cadena de comercialización dentro del territorio nacional, sin importar que el precio de venta final al consumidor sea superior al valor en aduanas original.
Base legal
- Estatuto Tributario, art. 424 (numeral 5), modificado por la Ley 1819 de 2016.
- Consejo de Estado, Sección Cuarta, Sentencia del 10 de febrero de 2011, Rad. 16798.
Fundamentación
- Acogimiento de la Jurisprudencia: La DIAN basa su interpretación en una sentencia del Consejo de Estado que unificó el criterio. Dicha sentencia declaró nulo un concepto anterior de la DIAN que limitaba la exclusión al precio de venta.
- Principio de Equidad Tributaria: El Consejo de Estado argumentó que tomar como referencia el precio de venta final crearía una inequidad. Beneficiaría solo a quien importa directamente para su uso, pero castigaría al consumidor final que compra a un comercializador, ya que el precio de este último inevitablemente incluye aranceles, márgenes de utilidad y otros costos que podrían superar el límite en UVT, perdiendo así el beneficio.
- Intención del Legislador: Se determinó que el propósito de la norma es incentivar el acceso a la tecnología para toda la población, especialmente la de menores recursos. Usar el valor en aduanas como un referente único y estable para toda la cadena de comercialización garantiza que el beneficio efectivamente llegue al consumidor final, independientemente de los costos y márgenes que se agreguen en el país.
- Aplicabilidad a la Norma Vigente: Aunque la sentencia analizó una versión anterior de la norma (que tenía un límite de 82 UVT), la DIAN concluye que la lógica y el fundamento jurídico son plenamente aplicables a la norma vigente (con el límite de 50 UVT), ya que el espíritu de la ley se mantiene.
Conclusión
- Firma: PEDRO PABLO CONTRERAS CAMARGO – Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina