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Retención del Impuesto. Operaciones con Responsables. Régimen Simplificado. DIAN-Oficio 20270

 

Oficio 20270

(02-08-2018)

  • Tipo de norma: Oficio
  • Número: 20270
  • Entidad emisora: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN
  • Fecha: 2018-08-02
  • Título: Tema: IVA. Retención
  • Subtítulo: Descriptor: Retención del Impuesto por Operaciones con Responsables del Régimen Simplificado

Problema jurídico resuelto

¿Cómo opera la causación del IVA, la retención en la fuente a título de IVA y el derecho a impuestos descontables en la compra y venta de residuos plásticos para reciclar (Nomenclatura NANDINA 39.15)?

Tesis jurídica

  • El IVA sobre la venta de residuos plásticos para reciclar (NANDINA 39.15) solo se genera en un caso específico: cuando se venden a ciertas empresas manufactureras del sector químico y plástico. El impuesto no se causa en otras transacciones entre comercializadores o de un particular a un comercializador.
  • Cuando se genera el IVA en la venta a estas empresas manufactureras, ellas mismas deben retener el 100% del IVA causado. Esta retención no aplica si el vendedor es un Gran Contribuyente.
  • El impuesto descontable por la compra de estos residuos plásticos solo puede ser tomado por el comprador (la empresa manufacturera que practica la retención del 100%), ya que es a quien se le factura el impuesto. Si no se causa IVA en la operación, no hay lugar a impuesto descontable.

Base legal

  • Estatuto Tributario, arts. 437-4 y 485.
  • Decreto 1625 de 2016, art. 1.3.2.1.16 (adicionado por el Decreto 640 de 2018).

Fundamentación

La DIAN basa su respuesta en los siguientes puntos:

  • Régimen Especial Monofásico: El artículo 437-4 del E.T. y su decreto reglamentario crearon un sistema especial para el IVA de los residuos plásticos para reciclar. Este sistema convierte el IVA en un impuesto monofásico, que se causa en una única etapa de la cadena: la venta al industrial que lo transformará. En las etapas previas (recolector, comercializador), la venta no causa IVA.
  • Mecanismo de Autoretención en el Comprador: Para asegurar el recaudo, la norma designó como agentes retenedores del 100% del impuesto a las empresas manufactureras compradoras. Esto significa que el vendedor no recibe el IVA, sino que el comprador lo liquida, lo retiene y lo declara directamente a la DIAN.
  • Derecho al Descontable: Siguiendo la regla del artículo 485 del E.T., solo quien es facturado como responsable del impuesto en una adquisición tiene derecho a tomar el IVA como descontable. En este régimen especial, es la empresa manufacturera compradora quien cumple esta condición, ya que liquida y retiene el IVA generado en su propia compra.

Conclusión

Problema jurídico Tesis jurídica
¿Cómo funciona el IVA y los impuestos descontables en la cadena de comercialización de residuos plásticos para reciclar (NANDINA 39.15)? El IVA solo se genera cuando se le vende a una empresa manufacturera del sector plástico/químico. En ese momento, dicha empresa compradora retiene el 100% del IVA y es la única que puede tomarse ese impuesto como descontable. Las ventas entre otros actores de la cadena no causan IVA.
  • Firma: LORENZO CASTILLO BARVO – Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina (E)