Oficio 12601
(2015-04-30)
- Tipo de norma: Oficio
- Número: 12601
- Entidad emisora: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN
- Fecha: 2015-04-30
- Título: Tema: Procedimiento
- Subtítulo: Descriptores: Terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos tributarios, aduaneros y cambiarios
Problema jurídico:
¿Es posible que, en correcciones a declaraciones realizadas antes de la vigencia de la Ley 1739 de 2014, se eliminen sanciones e intereses mediante una nueva corrección con fundamento en el parágrafo 4° del artículo 56 de dicha ley?
Tesis jurídica:
No es posible eliminar las sanciones e intereses liquidados en correcciones realizadas antes de la vigencia de la Ley 1739 de 2014, mediante una nueva corrección con base en el parágrafo 4° del artículo 56 de la citada ley. El beneficio aplica únicamente a las correcciones efectuadas dentro de la vigencia de la norma y cumpliendo los requisitos previstos, cuyo plazo venció el 27 de febrero de 2015.
Condición:
El hecho de haber corregido una declaración antes de la Ley 1739 de 2014 no impide acogerse al beneficio, siempre que se cumplan los requisitos y plazos establecidos.
Base legal:
-
Ley 1739 de 2014, artículo 56, parágrafo 4°.
-
Estatuto Tributario Nacional.
Fundamentación:
La DIAN precisó que la aplicación del beneficio de eliminación de sanciones e intereses, previsto en el parágrafo 4° del artículo 56 de la Ley 1739 de 2014, requiere que la corrección de la declaración se haya efectuado durante la vigencia de la norma y antes del 27 de febrero de 2015. Si la corrección se hizo con anterioridad a la vigencia de la ley y se liquidaron sanciones e intereses, estos no pueden eliminarse posteriormente mediante una nueva corrección, ya que el beneficio no tiene efecto retroactivo. Sin embargo, el contribuyente que corrigió antes de la norma podría acogerse al beneficio para una nueva corrección, siempre que se ajuste a las condiciones establecidas y dentro del plazo legal.
Conclusión:
Aspecto | Determinación |
---|---|
Correcciones previas a Ley 1739 de 2014 | No pueden eliminar sanciones e intereses ya liquidados. |
Correcciones dentro de vigencia de la ley | Sí pueden acogerse al beneficio, cumpliendo requisitos y plazo hasta 27 de febrero de 2015. |
- Firma: Yumer Yoel Aguilar Vargas Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina – DIAN