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Representantes legales. Responsabilidad solidaria. Responsabilidad subsidiaria Sucesiones ilíquidas. Vinculación deudores solidarios y subsidiarios. DIAN-Concepto 575(006375)

Concepto 575 (006375)

(23-04-2025)

  • Tipo de norma: Concepto
  • Número: 575 (006375)
  • Entidad emisora: DIAN
  • Fecha: 2025-04-23
  • Título: Procedimiento Tributario
  • Subtítulo: Representantes legales. Responsabilidad solidaria/subsidiaria. Sucesiones ilíquidas

Problema jurídico:

  1. ¿A quién vincular en un proceso de fiscalización cuando el representante legal al momento del incumplimiento (ej: no declarar) es distinto al actual?

  2. ¿A quién notificar actos administrativos si el contribuyente falleció y su RUT no se actualizó a sucesión ilíquida?


Tesis jurídica:

🔹 Responsabilidad subsidiaria de representantes legales (Art. 571–573, 798 ET):

  • Representante original: Responde por incumplimiento de deberes formales (ej: declaraciones) durante su gestión.

  • Nuevo representante: Debe actuar con “diligencia de buen hombre de negocios” (Ley 222/1995, Art. 23). Si detecta obligaciones pendientes y no las regulariza, puede ser vinculado subsidiariamente.

  • Notificación: Ambos deben ser notificados para garantizar debido proceso.

🔹 Sucesiones ilíquidas (Art. 555-2, 658-3 ET, Decreto 1625/2016):

  • Si el RUT no se actualiza, la DIAN notificará a la dirección registrada del fallecido.

  • Responsables formales: Albaceas, herederos con administración de bienes o curador de herencia yacente.

  • Sanción: Multa de 1 UVT/día por no actualizar el RUT (Art. 658-3 ET).


Fundamentación:

  • Responsabilidad subsidiaria: Exigible solo tras intentar cobro al deudor principal (Sent. C-140/2007, Consejo de Estado Exp. 25369/2021).

  • Diligencia reforzada: Representantes legales deben verificar obligaciones tributarias pendientes (Sent. C-123/2006).

  • Sucesiones: Obligaciones tributarias del causante trasladan a la sucesión ilíquida (Art. 7 ET).


Plazos:

  • Actualización del RUT: 1 mes tras el fallecimiento (Art. 658-3 ET).


Sanciones:

  • Representantes: Subsidiaria por omisión de deberes formales (Art. 798 ET).

  • Sucesiones: Multa por no actualizar RUT (1–2 UVT/día, según causal).


Conclusión:

  • Vincular en fiscalización:

    • Representante legal original (por incumplimiento).

    • Nuevo representante (si persiste obligación subsanable).

  • Notificar en sucesiones:

    • Dirección en RUT si no se actualiza.

    • Herederos/albaceas deben regularizar RUT para evitar sanciones.


  • Firma: INGRID CASTAÑEDA CEPEDA Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)