Concepto 1135(010131)
(05-12-2024)
- Tipo de norma: Concepto
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Número: 1135 (010131)
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Entidad emisora: DIAN
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Fecha: 2024-12-05
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Temas principales:
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Ingresos de fuente extranjera
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IVA en exportación de servicios
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Reconocimiento de ingresos en servicios de tracto sucesivo
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Problemas jurídicos y respuestas de la DIAN
1. Pagos a agente en el exterior por promoción de productos
Pregunta: ¿Son ingresos de fuente extranjera no gravados en Colombia?
Respuesta DIAN:
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Sí, si:
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El agente es residente fiscal en el exterior.
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Los servicios se prestan exclusivamente fuera de Colombia (Art. 24 ET).
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Verificar CDI (Convenios para evitar doble imposición).
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La empresa colombiana debe cumplir con retenciones en la fuente aplicables.
2. Servicio de garantía prestado en Colombia para fabricante extranjero
Pregunta: ¿Califica como exportación de servicios (exento de IVA)?
Respuesta DIAN:
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No aplica exención automática. Solo si cumple todos los requisitos del Art. 481(c) ET:
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Prestado desde Colombia.
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Usado exclusivamente en el exterior.
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Beneficiario no tiene negocios/actividades en Colombia.
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De lo contrario, grava IVA (Art. 420 ET).
3. Ingresos no facturados en servicios de tracto sucesivo
Pregunta: ¿Cómo evitar distorsiones en IVA y autorretención de renta?
Respuesta DIAN:
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IVA: Se causa al prestar el servicio o emitir factura (lo que ocurra primero) (Art. 429 ET).
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Renta (autorretención):
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Ingresos se reconocen al causarse el derecho a recibirlos (Art. 27-28 ET).
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Para obligados a llevar contabilidad: régimen de causación/devengo.
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Ajustes necesarios: Conciliar diferencias contables-fiscales al cierre del ejercicio.
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Principio de correspondencia: Costos/gastos se registran en el mismo período que los ingresos.
Conclusiones clave
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Pagos al exterior:
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Fuente extranjera si servicios se prestan fuera de Colombia.
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Aplicar retenciones y revisar CDI.
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Exportación de servicios:
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Exención de IVA requiere cumplimiento estricto del Art. 481(c) ET.
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Servicios de tracto sucesivo:
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Alinear reconocimiento de ingresos con normas fiscales (no contables).
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IVA y renta se declaran según causación, no facturación.
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- Firma: Ingrid Castañeda Cepeda Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)